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Opinión

28 de Octubre de 2015

Columna: Lo público y el financiamiento en Educación Superior

Si una institución estatal, que provee el derecho social de la educación, no es financiada íntegramente por el Estado y debe, más bien, generar operaciones de mercado para autofinanciarse y, adicionalmente, establece requisitos económicos para proveer el servicio a determinadas personas o grupos, en rigor no sería esta una institución pública, o lo sería parcialmente.

Miguel Caro
Miguel Caro
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Marcha

Lo público, como concepción del desarrollo, es un rasgo del funcionamiento de una sociedad en que los finalidades y mecanismos utilizados por esta trascienden la esfera de los intereses individuales, de grupos o castas y se configuran como lugar para el reconocimiento de necesidades transversales que se funden en lo colectivo. En este sentido, el origen de lo público se vincula con la teoría del contrato social como uno de los fundamentos de los estados modernos, en cuanto que negación de la sociedad estamental y expresión de la universalidad en la condición de lo humano, sin distinciones ni categorías de ninguna especie.

Así, lo público sólo es posible concebirlo a partir de la base de que todas las personas, sin excepción alguna, son iguales en naturaleza y condición y, por tanto, son sujetos de los mismos derechos, especialmente aquellos que preservan los atributos esenciales de la dignidad con la que se debe manifestar tal condición; derechos que tienen por ello un carácter social y universal, lo que supone dejar de entenderlos como el mero resultado de cualidades, oportunidades o esfuerzos particulares. El mínimo exigible, entonces, a la política pública equivaldría a cautelar los derechos sociales fundamentales y a evitar que estos puedan estar condicionados a requisitos de cualquier índole.

La lógica de mercado en Chile, propia del neoliberalismo, efectivamente ha desfondado lo público en su expresión más radical, a través de la instalación de los mencionados derechos en el marco de relaciones de carácter privado y por medio del retiro o debilitamiento de la responsabilidad del Estado en el rol de garante de estos, concurriendo sólo en una función subsidiaria. Este es un punto central en la concepción que debemos resolver como país: o apostamos por una sociedad limitada a proveer de oportunidades y espacios para el desarrollo individual o construimos una sociedad que, sin perjuicio de abrir dichas posibilidades, sea capaz de alcanzar el umbral esencial de sustentabilidad social y garantizar, por tanto, la universalidad de los derechos elementales en términos de su usufructo inalienable.

Así entendidos los derechos, su provisión mediante la actividad realizada por una institución pública, debe ser para todos y sin exclusión en ninguna de sus formas. En tales términos, una institución pública es una entidad cuya condición es atribuible por su rol, finalidades y sentido, antes que por su propiedad; de hecho en la actualidad existen instituciones de propiedad estatal que, de manera total o parcial, no responden a todas las características esenciales de una institución pública.

Efectivamente, si una institución estatal, que provee el derecho social de la educación, no es financiada íntegramente por el Estado y debe, más bien, generar operaciones de mercado para autofinanciarse y, adicionalmente, establece requisitos económicos para proveer el servicio a determinadas personas o grupos, en rigor no sería esta una institución pública, o lo sería parcialmente. Esto es, por ejemplo, lo que ocurre con nuestras universidades estatales lo que da cuenta de un extremo debilitamiento del sistema público educativo, dado que la lógica de lo privado no es un rasgo que afecte sólo a las instituciones privadas.

La educación pública, para que sea tal, debe entonces estar íntegramente financiada por el estado, con los impuestos de todos los chilenos, conforme a cargas tributarias proporcionales a los ingresos de los distintos grupos sociales y, en tal sentido, no puede ser financiada adicionalmente de manera directa por las familias como requisito de acceso. Al ser cubierta cabalmente por el Estado, las instituciones públicas educativas no pueden lucrar, porque a nadie en particular le puede asistir el derecho o el privilegio de beneficiarse del dinero de todos los chilenos. Y porque, de ocurrir aquello, se abre la posibilidad de que determinadas necesidades educativas, en la compleja labor de las instituciones, no sean adecuadamente cubiertas y tales recursos pudiesen estar siendo eventualmente utilizados en beneficio personal de un sostenedor o propietario.

Junto con lo anterior, una institución pública tiene que responder al interés general de la sociedad y a las formas de desarrollo que contribuyan al máximo beneficio social que este puede producir. Tal vínculo, el de educación y desarrollo, es preferente al de la relación entre educación e intereses particulares, los que se pueden cautelar siempre y cuando dicha cautela no transgreda los derechos fundamentales de otros individuos, de otros grupos o de la sociedad en su conjunto. En tales términos, la educación pública debe posicionarse sobre los fines y el contenido del proceso educativo, promoviendo un tipo de formación que contribuya al desarrollo de los valores públicos: desarrollo integral e inclusivo, fortalecimiento de la democracia y la convivencia, la no segregación y el respeto por la diversidad y la igualdad de derechos, el cuidado del medioambiente, la valoración del desarrollo local y la identidad cultural de los sujetos y comunidades, entre otros aspectos.

Al mismo tiempo, para ser pública, las características del sistema educativo deben expresar de manera genuina y permanente la voluntad ciudadana, puesto que no se puede definir aquello que compete a todos usurpando la voluntad general por medio de la imposición de un grupo de interés beneficiado con la lógica de mercado o de decisiones gubernamentales que no escuchan a las mayorías ni a las comunidades educativas locales. El modelo educativo actual se origina en ese tipo de usurpación de la soberanía y por tanto requiere ser repensado en todos sus aspectos desde la deliberación ciudadana y atendiendo principios de política pública.

Bajo este concepto, lo público sólo es posible si se constituye como sistema y no bajo la provisión agregada de servicios educativos. Se requiere, en dicho sentido, la creación de un Sistema Nacional de Educación Pública, de dependencia estatal, articulado y con fines comunes. Tal sistema debiera estar integrado por instituciones de propiedad estatal, descentralizadas y democráticas, como garantía estratégica de los principios de una concepción pública de la educación; y, en segundo lugar, por instituciones públicas no estatales (de tipo mixto, cooperativo o comunitario) y que cumplan con las características de universalidad y garantía del derecho a la educación. De igual modo, aquellas instituciones que no formen parte de dicho sistema serán simplemente instituciones privadas y, junto con cumplir regulaciones específicas, no deben contar con aportes del Estado, sino sólo excepcionalmente por la vía del financiamiento de proyectos que en un momento determinado no puedan ser ejecutados por el sistema público, que sean relevantes para el desarrollo social y cultural y cuyos recursos sean utilizados íntegramente en la finalidad establecida.

Eludiendo el debate de fondo, el gobierno actual y la clase política en su conjunto ha abandonado la opción de construir un sistema público y han optado por la regulación parcial del mercado educativo, implementando una versión de la gratuidad independiente del carácter de las instituciones y de la relación entre educación y fines públicos. Una regulación que se define desde la negociación corporativa en torno al trámite presupuestario y que fija requisitos a partir de la capacidad de presión de intereses particulares y no desde lo que requiere el país para su desarrollo cultural, social y económico. El financiamiento así concebido, con mayor o menor nivel de gradualidad, puede contribuir al acceso de una parte de los segmentos más precarizados pero no apunta a un cambio en el modelo, que es finalmente lo que la profunda crisis del sistema educativo reclama.

*Miguel Caro es profesor de Historia y Ciencias Sociales y académico de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación.

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