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Nacional

6 de Mayo de 2016

Superintendencia de Salud ordena a Fonasa a pagar gastos clínicos de la artista Hija de Perra

El pasado 18 de abril la entidad fiscalizadora acogió la demanda interpuesta por Rosa Peñaloza de la “patrona de las malas artes” por el rechazo a pagar su cuenta hospitalaria porque no existió una calificación de riesgo vital, para que se aplicara la Ley de Urgencia. Ahora la familia pide una reunión con la ministra de Salud para una "reparación moral y pública" a la artista.

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hija de perra

Un año y ocho meses después de la muerte de la transformista y actriz Hija de Perra, la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud falló a favor de Rosa Peñaloza (68), madre de la artista visual, y ordenó a Fonasa a hacerse cargo de los gastos clínicos de la hospitalización de casi tres meses en la Clínica Dávila.

La medida fue tomada el pasado 18 de abril e informada a las partes el 27 de ese mismo mes, un día después que la madre del fallecido Víctor Hugo Pérez Peñaloza ingresara una carta en la oficina de partes del Ministerio de Salud solicitando audiencia con la ministra de Salud, Carmen Castillo, para contarle cómo su hijo, paciente afectado de SIDA, “no fue rescatado por la red pública”.

Después que Fonasa rechazara que la internación de Víctor Pérez -ocurrida el 30 de mayo de 2014 en la Unidad de Cuidados Intensivos de la clínica- haya sido con riesgo vital, lo que impedía la aplicación de la denominada Ley de Urgencia (Ley N°19.650). Pero esa ley es la que sostiene que “en los casos de emergencia o urgencia debidamente certificadas por un médico cirujano, el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) pagará directamente al prestador público o privado el valor por las prestaciones que hayan otorgado a sus beneficiario”.

Ley de Urgencia

La demanda se originó a fines de 2014, cuando la justicia ordinaria ordenó a Rosa Peñaloza a realizar una mediación con la Clínica por la cuenta hospitalaria.

La señora Rosa dice que debido al problema pulmonar agudo que presentó su hijo se acercaron al centro de salud más cercano, en Recoleta. Ingresaron a Víctor a la UCI de dicha clínica debido a la gravedad de su estado.

Durante los 88 días venideros buscó en diferentes instituciones un traslado hacia la red pública de salud para sacarla de la ahí.

Rosa sostiene que en esa clínica su hijo no tenía derecho a la aplicación de la Ley de Urgencia porque había ingresado en “libre elección”. Y todas las veces que buscó trasladarla le fue mal, hasta el 25 de agosto de 2014.

En cada uno de ellos hubo una explicación para negar el traslado: en el Hospital San Borja de Arriarán y el OIRS del Servicio de Salud Metropolitano Central fue la carencia de camas; en la Fundación Arriarán porque no estaba ingresado al hospital y ellos no tenían facultad para su rescate; en el Hospital Lucio Córdova porque no existían ‘los medios técnicos para la correcta atención ni camas quirúrgicas’, ya que los pacientes que allí ingresaban eran de corta estadía; y en el Hospital Barros Luco porque sólo podía ser ingresado una vez que fuera dado de alta y contara con su Epicrisis (período posterior a la urgencia de una enfermedad).

Finalmente, tras varios intentos fue trasladada a la Clínica Familia. Fue el 25 de agosto de 2014. Estuvo dos horas y falleció.

La señora Rosa dice que la situación la forzó a dejar a su hijo en la Clínica Dávila. Víctor, dice ella, fue discriminado en las instituciones mencionadas por su diagnóstico vinculado al VIH/Sida, lo que impidió que pudiera acogerse a las garantías económicas que debe entregar Fonasa. Todo por la deuda con el lugar en el que fue diagnosticado con Leuco encefalopatía multifocal progresiva.

Aún con los antecedentes clínicos del individuo que daba vida a Hija de Perra, Fonasa contestó a la demanda que Víctor ingresó al Servicio de Urgencia de la Clínica Dávila “sin haberse encontrado en riego vital o riesgo de secuela funcional grave”.

Según la prestadora de salud, la internación “no constituyó una urgencia vital y/o secuela funcional grave de no mediar atención médica inmediata e impostergable”. No se cumplían los requisitos legales para aplicar de Ley de Urgencia, ya que no existía certificado de un médico cirujano que diera cuenta de la emergencia. Así Fonasa alegó que no procedía la solicitud de aplicar cobertura bajo Modalidad de Atención Institucional porque ésta sólo se hace en los establecimientos pertenecientes a la Red Asistencial de cada Servicio de Salud.

Pero la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud dijo que, tal como había sostenido en otras ocasiones, “la ausencia de un documento específico que certifique formalmente la concurrencia de cualquiera de las citadas condiciones de salud, no impide que éstas puedan establecerse de un modo real y objetivo a partir de la revisión posterior de los registros clínicos del paciente, siempre que ellos, inequívocamente, den cuenta de su estado de ingreso y de su posterior evolución”.

Víctor estaba diagnosticado como paciente VIH desde el año 2008 y estaba bajo control en el Hospital Barros Luco Trudeau, del Servicio de Salud Metropolitano Sur. Además, dos meses antes de su internación, la artista presentó diversos síntomas y se realizó un escáner de cerebro en la Clínica Santa María. Ahí se encontró con una lesión isquémica cerebelosa. No lo hizo aunque se lo dijeron.

El fallo señala que Hija de Perra completó 26 días internado: conectado a un respirador 22 días, luego otros 15 en Cuidados Intermedios y finalmente a la sección Médico Quirúrgico, donde ingresó en coma y se mantuvo un mes más hospitalizado. Hasta que lo trasladaron.

La reparación moral

El 27 de abril pasado el tribunal señaló que la permanencia en la Clínica Dávila no fue por una decisión caprichosa de la familia, sino que por una falta de gestión de la red de salud pública. Por tanto Fonasa deberá hacerse cargo de la cuenta completa de hospitalización -entre el 30 de mayo y el 25 de agosto de 2014- “con todos los efectos legales y económicos que de ello deriven”.

Sin saber de esta resolución, Rosa Peñaloza ingresó el día anterior una carta dirigada a la ministra Castillo en la oficina de partes del Minsal. Reclamaba en una carilla por la demora de una respuesta ante su demanda en le tribunal. Ahí cuenta que la red pública discriminó a su hijo.

“Las autoridades sanitarias han señalado que no debe existir discriminación en la cobertura de los enfermos y precisamente es el estado el que tiene la mayor responsabilidad en dar aplicación a este fundamental principio jurídico”, dice la señora Rosa.

Ahora, ya con esta resolución en mano, desde el entorno de la familia esperan que respondan. La reunión, consideran, es parte también de una “reparación moral y pública” de la situación vivida por los últimos días de Víctor Pérez Peñaloza, Hija de Perra, y de su madre Rosa.

Entrevista a la fallecida perfomer Hija de Perra en 2007: “Siempre he sido una puta asquerosa” – The Clinic Online

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