El expresidente del Gobierno regional de Cataluña Carles Puigdemont alentó un movimiento de “insurrección activa” y promovió “actos, manifestaciones y proclamas abonando en la sociedad la idea de la existencia de un derecho de autodeterminación para Cataluña”, según la juez española que hoy ordenó su detención. Así lo expone la magistrada Carmen Lamela en el […]
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El expresidente del Gobierno regional de Cataluña Carles Puigdemont alentó un movimiento de “insurrección activa” y promovió “actos, manifestaciones y proclamas abonando en la sociedad la idea de la existencia de un derecho de autodeterminación para Cataluña”, según la juez española que hoy ordenó su detención.
Así lo expone la magistrada Carmen Lamela en el auto de detención y de ingreso en prisión que dictó contra él y los cuatro exconsejeros que están en Bruselas, por los supuestos delitos de rebelión, sedición, malversación de fondos públicos, prevaricación y desobediencia.
Puigdemont hizo “nacer en la sociedad la creencia de la legitimidad de las actuaciones en contra del poder constituido para defender ese inexistente e inconstitucional derecho de autodeterminación”, relata la juez al explicar su “frontal” desobediencia a las resoluciones judiciales.
Se encargó, según la magistrada, de “impulsar y promover desde su cargo público las movilizaciones y concentraciones tumultuarias en oposición a las órdenes judiciales, a las convocatorias masivas para impedir a los agentes cumplir con sus funciones y los escraches a la Policía y a la Guardia Civil”.
A su juicio, impulsó los llamamientos directos o indirectos, a través de las entidades soberanistas, a la movilización popular o ciudadana “como medio intimidatorio y violento” para el conseguir “el fin secesionista de manera coactiva”.
También cree la juez que Puigdemont “planificó, organizó, y financió con fondos públicos la convocatoria y celebración del referéndum” independentista ilegal del 1 de octubre.
“El reclamado al frente del Gobierno regional de Cataluña, de común acuerdo con funcionarios públicos y entidades públicas y privadas catalanas, unieron sus voluntades para, dentro de su respectivo ámbito de actuación, llevar a cabo un referéndum independentista para lograr en España la secesión de la comunidad autónoma de Cataluña”, resume Lamela.
El auto destaca que para ello “promovieron y utilizaron fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población, llamando a la insurrección, contraviniendo y desafiando con ello el ordenamiento constitucional español y diversas resoluciones del Tribunal Constitucional”.
Indica que los hechos por los que ahora se le reclama “están referidos a la proclamación de la república, que ponen en objetivo peligro los fundamentos del Derecho; la derogación de la Constitucional Española -que, recuerda, es “patria común e indivisible de todos los españoles”- y la declaración de independencia de una parte del territorio nacional”.
Todo ello lo cometió, “al intentar cambiar ilegalmente la organización del Estado mediante un proceso secesionista que ignora las normas que la propia Constitución establece para su reforma”.
En cuanto a la petición que Puigdemont hizo de declarar por videoconferencia desde Bélgica junto con los cuatro exconsejeros, la juez la rechaza porque no existen motivos de seguridad que establece la ley para acordarla.
Señala además que no han explicado ni los motivos por los que la pide y “ni siquiera” han proporcionado su domicilio en Bélgica “a fin de poder arbitrar la videoconferencia”.
Apunta, además, que para establecer las medidas cautelares es necesaria la presencia de los querellados.
En este sentido, resalta que se trata de cinco querellados que hasta el 28 de octubre “han formado parte del Gobierno regional de Cataluña y por tanto tenían su domicilio en España”, por lo que viajaron a Bélgica “con la única finalidad de eludir las posibles responsabilidades que pudieran tener en España”.