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10 de Agosto de 2018

Corte Suprema la hace otra vez y le da libertad condicional a militares que asesinaron a obrero ferroviario y lanzaron su cadáver a un río

La Corte Suprema confirmó una rebaja de pena, de 13 a 5 años de prisión, y concedió la libertad vigilada a seis militares que en octubre de 1973 asesinaron a un obrero y lanzaron su cadáver a un río, sin que haya sido encontrado desde entonces, informaron hoy fuentes judiciales. Arturo Alejandro Navarrete Leiva, la […]

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La Corte Suprema confirmó una rebaja de pena, de 13 a 5 años de prisión, y concedió la libertad vigilada a seis militares que en octubre de 1973 asesinaron a un obrero y lanzaron su cadáver a un río, sin que haya sido encontrado desde entonces, informaron hoy fuentes judiciales.

Arturo Alejandro Navarrete Leiva, la víctima, tenía 21 años y trabajaba en la Empresa de Ferrocarriles del Estado cuando fue detenido por una patrulla militar, frente a numerosos testigos, en la ciudad de Temuco, en el sur de Chile, el 11 de octubre de 1973, un mes después del golpe militar que encabezó Augusto Pinochet.

La II Sala de la Corte Suprema confirmó un fallo anterior, dictado por la Corte de Apelaciones de Temuco el 7 de septiembre del 2017, que rebajó, de 13 a 5 años de prisión, la sentencia de primera instancia emitida por juez especial Álvaro Mesa, investigador de la causa.

La Sala del máximo tribunal chileno es la misma que la semana pasada excarceló a siete antiguos agentes de la dictadura de Pinochet (1973-1990), condenados por crímenes de lesa humanidad.

Ambas cortes, además, concedieron a los procesados Manuel Campos Cabello, Manuel Canales Valdés, Juan Cancino Belmar, Gabriel Dittus Marín, Sergio Vallejos Garcés y Héctor Villablanca Huenulao el beneficio de la libertad vigilada.

Entre otros argumentos, los jueces acogieron lo señalado en su defensa por Campos, Canales y Villablanca, de que eran simples reclutas y sentían un “miedo irrefrenable” hacia su jefe, el teniente Manuel Espinoza Ponce, por lo cual obedecían ciegamente sus órdenes.

Espinoza Ponce, fallecido hace algún tiempo, estuvo también involucrado en la desaparición de otras once personas fusiladas sin juicio y sus cadáveres lanzados a ríos en Temuco.

Con formación antiguerrillera en la Escuela de las Américas, tras el golpe de 1973, Espinoza, que se hacía llamar ‘Chacal’, formó una “Patrulla Brava” con clases y reclutas del regimiento Tucapel, de esa ciudad, para patrullar la zona, detener y custodiar a personas en la vía pública.

Arturo Navarrete Leiva fue una de ellas, pero su detención fue negada por los militares, la Policía o el Servicio de Prisiones en numerosas diligencias realizadas por su madre, Magdalena Leiva, para encontrarlo.

En la parte civil, la Corte condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 150 millones de pesos (unos 230.700 dólares) a los familiares de la víctima.

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