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Nacional

8 de Julio de 2019

Se habían negado inicialmente: Justicia ordena al Instituto Psiquiátrico internar a indigente que sufre al menos seis patologías mentales

El hospital había argumentado que la enfermedad del sujeto no revestía "la gravedad para provocar un régimen de hospitalización", pese a que había protagonizados episodios de convulsiones, descompensación y violencia cada vez más agudos y reiterativos.

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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección en favor de un hombre en situación de calle que sufre al menos seis patologías mentales y ordenó al Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak desistir de su decisión de no internarlo.

La acción legal fue interpuesta por la propia Municipalidad de Recoleta, ya que el hombre presentó episodios de descompensación, alto grado de violencia y convulsiones que afectaron a funcionarios del Centro Comunitario de Salud Mental (Cosam) de dicha comuna.

Según los antecedentes presentes en el fallo, el paciente sufre de epilepsia, discapacidad cognitiva; trastorno del ánimo, trastorno al control de impulsos de base orgánica, trastorno de personalidad de base orgánica, psicosis orgánica, entre otras enfermedades.

Desde la Municipalidad argumentaron que este hombre se encuentra en situación de indigencia y carece de una red de apoyo familiar o socioeconómica, por lo que su única posibilidad de acceso a la salud y correspondiente rehabilitación es mediante el sistema público.

Para enfrentar sus momentos de crisis, cada vez más agudos y reiterados, él fue trasladado en varias ocasiones al Hospital Horwitz, donde se negaron a internarlo y sólo fue atendido por cortos períodos de tiempo. Esto ha provocado un progresivo deterioro de su estado de salud, ya que es incapaz de seguir el tratamiento por sí solo.

A partir de estos antecedentes, la Corte de Apelaciones desestimó los fundamentos para denegar la internación del hombre, que según el propio Hospital sólo “padece de una enfermedad mental que puede ser controlada y no tiene la gravedad para provocar un régimen de hospitalización“.

Sin desconocer la validez de estas razones médicas, el tribunal de alzada asegura que la misión del instituto es “evitar que el enfermo mental atente contra su vida y la de otras personas” y que “la sola constancia de los atentados contra la integridad de terceros y posibles sucesos venideros en esta misma línea de violencia, constituye una amenaza al derecho a la vida e integridad física“.

De este modo, la Corte de Apelaciones ordenó al hospital psiquiátrico a “adoptar todas las medidas necesarias, ante la autoridad sanitaria que corresponda para que se decrete la internación administrativa por una mediana o larga estadía del paciente“.

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