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Agencia Uno

Actualidad

27 de Septiembre de 2019

Condenan a 37 años de prisión a exagente de Pinochet por violaciones de DD.HH.

La Corte Suprema comunicó las sentencias al exoficial de Carabineros Nelson Bravo, por su responsabilidad en siete casos de secuestros y homicidios calificados entre septiembre y octubre de 1973.

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La Corte Suprema condenó a algo más de 37 años de prisión al exoficial de Carabineros Nelson Bravo por su responsabilidad en siete casos de secuestros y homicidios calificados durante la dictadura de Pinochet.

Bravo fue declarado culpable, en diferentes grados, en las muertes y desapariciones de siete vecinos de la comuna de Paine, entre septiembre y octubre de 1973, quienes fueron detenidos en la comisaría de la zona.

La Corte Suprema determinó una pena de 5 años y un día de presidio en tres de las causas, los casos de Gustavo Martínez, José Gumercindo González y Luis Díaz, en los que el condenado fue declarado cómplice de homicidio calificado, según sostiene el fallo.

En otros dos casos se condenó a Bravo a 10 años y un día de prisión como autor de los secuestros calificados (desaparición) de los hermanos Hernán Fernando y Juan Humberto Albornoz.

Por último, en las dos condenas restantes, la pena de cárcel dictaminada por la máxima autoridad judicial fue de 6 años en cada una, como autor material de las desapariciones de Pedro Vargas y Jorge Valenzuela.

En el aspecto civil, sumando todas las sentencias, se condenó al Estado chileno a pagar una indemnización de 1.530 millones de pesos a los familiares de la víctimas

En todos los casos, la ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, estableció que las víctimas fueron detenidas o concurrieron a la comisaría de Carabineros de Paine, unidad policial a cargo del entonces capitán Nelson Bravo.

En ese recinto “permanecieron detenidos para luego ser trasladados al campo de prisioneros ubicado en el Cerro Chena y perteneciente a la Escuela de Infantería de San Bernardo, lugar donde fueron ejecutados y en algunos casos hechos desaparecer“, afirma el fallo.

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