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5 de Noviembre de 2019

Fernando Muñoz, doctor en Derecho: “El uso de gases lacrimógenos debería ser calificado como apremio ilegítimo”

Agencia Uno

El especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Austral realizó estudios en la materia respecto al escenario y las consecuencias en que deben ser aplicados dichos gases, y cómo repercuten en la salud de la población. "Contra la protesta no está contemplado el usos de gases. Eso es una falta grave", dice.

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Fernando Muñoz es abogado, Doctor en Derecho de la Universidad de Yale y realiza clases en la Universidad Austral, donde se dedica a Derecho Constitucional e Historia del Derecho.

El año 2016 realizó un estudio titulado “El uso de gases lacrimógenos en Chile: Normativa internacional y nacional vigente y jurisprudencia reciente”, en el cual aborda el uso de dichos elementos en contextos de manifestaciones pacíficas, donde se mezclan esta masa con grupos de choque frente al actuar policial.

Muñoz parte haciendo la diferencia en este análisis. “El uso de los gases lacrimógenos ha tenido un motivo más bien represivo de la protesta, que disuasivo de alteraciones al orden público, como está contemplado tanto en la Constitución como en la ley orgánica de la fuerza pública; también en los protocolos elaborados por el Ministerio del Interior y por Carabineros, que regulan el ejercicio de esa fuerza pública”, comienza explicando.

“La manera en que se han empleado los gases lacrimógenos en el centro de las grandes ciudades y sobre todo por lo que la prensa nos informa en Santiago, evidencia un uso más bien sistemático y no un uso excepcional y proporcionado de este componente químico, que como debería saber la población, está catalogado como un arma química en la Convención de Armas Químicas suscrita por nuestro país”, agrega.

-A tu juicio, ¿cómo han empleado las fuerzas públicas estos componentes químicos?

Hemos visto un incumplimiento abierto por parte de carabineros de los protocolos que la misma institución tiene para regular el ejercicio de estas medidas. Todos los protocolos insisten en que el primer paso de carabineros debe ser el diálogo, identificar protestas que sean ilegítimas o que de alguna forma estén contrariando el orden público. Pero ese instante de diálogo no se ha visto en las imágenes que nos muestra la televisión. No se han visto cosas tan básicas que aparecen en los protocolos, como que carabineros avisen a través de megáfonos que van a descargar gases lacrimógenos en lugares que estén cerca de viviendas de niños, ancianos o lugares de reunión de personas que tienen problemas de salud.

Hay una desviación de fin en el actuar de carabineros con respecto al uso de los gases. Se ha transformado en un mecanismo de dispersión de la población. En una estrategia de alejar de Plaza Italia a las personas y a los que legítimamente protestan. Contra la protesta no está contemplado el usos de gases. Eso es una falta grave.

-¿Qué hay de la salud de las personas con los gases lacrimógenos?

Hay un elemento físico o material, por así decirlo, de la materia de la cual estamos hablando, y que mucha gente no lo sabe, pero los gases lacrimógenos es un polvo que dispersa, a través de distintos mecanismos (un chorro de agua, una granada que estalla o spray para la autodefensa), por una explosión de aire o de agua, un polvo. Y ese polvo es lo que produce los efectos físicos del gas lacrimógeno.

Se abrevia como CS. Tiene la particularidad que produce una serie de irritaciones debido a sus componentes químicos en las membranas expuestas del cuerpo. Cuando uno respira ese aire lo que uno hace es inhalar estas partículas de polvo que están en suspensión. Y que si no son removidas, se van a quedar pegadas en el suelo por varios días. Este gas no se evapora ni se va. Dejan impregnado un sector y obviamente eso sigue siendo un daño para la salud de las personas que pasan por ahí.

-En tu estudio sostienes que el uso de estos gases debería ser considerada como un apremio ilegítimo, ¿por qué?

No veo la proporcionalidad ni la necesariedad, conceptos propios del derecho constitucional (esto quiere decir que juzgan las acciones de los organismos del Estado y analizan si las acciones ejecutadas son proporcionales al fin que se persigue y si son estrictamente necesarios). Esa idea no se ve en el uso de estas acciones. No es la medida menos lesiva, pues atenta contra la salud y la integridad física y síquica de la persona. Esto consiste en la producción de un dolor en el cuerpo si la persona es expuesta a él (…) Por eso merece ser calificada como apremio ilegítimo, sobre todo para la población que no está involucrada en actos de saqueos o vandalismo.

Revisa a continuación el estudio “El uso de gases lacrimógenos en Chile: Normativa internacional y nacional vigente y jurisprudencia reciente” de Fernando Muñoz.

EL USO DE GASES LACRIMOGENOS EN CHILE: NORMATIVA INTERNACIONAL Y NACIONAL VIGENTE Y JURISPRUDENCIA RECIENTE

The Use of Tear Gas in Chile: Existing International and National Norms, and Recent Judicial Decisions Fernando Muñoz León ** Profesor Asistente, Facultad de Derecho, Universidad Austral de Chile [email protected] Resumen: La reaparición de la protesta como instrumento de movilización social ha visibilizado los mecanismos de represión estatal empleados para responder a ella.

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