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Actualidad

5 de Diciembre de 2019

Corte Suprema condena a responsables de aplicación de tormentos a Manuel Jana en la Base Naval de Talcahuano durante dictadura

Agencia Uno

Los acusados buscaban anular el fallo que los implica en la detención ilegal y posteriores torturas aplicadas, recurso que fue rechazado de forma unánime.

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Tres miembros en retiro de la Armada fueron condenados por la Corte Suprema en relación a sus responsabilidades en la aplicación de tormentos a Manuel Elías Jana Santibáñez. Este hecho se produjo en febrero de 1975 en la Base Naval de Talcahuano y tuvieron como consecuencia la muerte de Jana.

En el caso, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó en un fallo unánime los recursos de casación que buscaban anular las sentencias judiciales en contra de Carlos Eliecer González Macaya, condenado a cuatro años de presidio (con beneficio de libertad vigilada) como autor del delito y de Hernán Alberto Cabeza Moreira y Pedro Julio Bastidas Antibilo, condenados a 541 días como cómplices del asesinato.

En la resolución se agrega que “resulta evidente que el reproche por infracción de ley, propio del recurso que se revisa, discurre sobre la base de un motivo específico y de carácter material y que consiste en una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo impugnado, de manera que está referido a la aplicación de la norma de rango legal que sirve de base para la calificación jurídica de los hechos planteados en la controversia”.

El fallo se sustenta en los hechos establecidos por los jueces respecto al caso en cuestión. En estos se específica que Manuel Jana fue detenido el 14 de febrero de 1975 en la ciudad de Lebu (Región del Biobío) sin ningún tipo de orden judicial, siendo trasladado en un camión de la Armada a la Base Naval de Talcahuano.

En los camarines del recinto, Jana fue sacado en reiteradas ocasiones “para ser interrogado bajo torturas, recibiendo golpes de pies y puños, incluso se le informó falsamente que su esposa e hijos estaban detenidos en la misma Base Naval”, se agrega en el documento. Durante este periodo, quienes custodiaban a Manuel Jana decidieron acallarlo ante los constantes reclamos de este, para lo cual introdujeron un paño en su boca y lo amarraron de manos y pies.

Finalmente, el fallo indica que en la noche del domingo 16 de febrero de 1975 “fue sacado del lugar de detención por tres funcionarios de la Armada que se encontraban de guardia, comandados por Carlos González Macaya, y ante la negativa de la víctima de salir del lugar lo tomaron a la fuerza hasta reducirlo, oportunidad en la que uno de sus custodios lo golpeó fuertemente en su zona inguinal, quedando malherido y semiconsciente, y en dicho estado fue conducido hasta un camión, dejándolo al interior de la carrocería, donde falleció a causa de las lesiones recibidas producto de las torturas o rigor innecesario”.

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