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16 de Octubre de 2025

Justicia rechazó recurso de personal del SAMU contra testigo que grabó y cuestionó protocolo de atención a conductor tras fatal accidente en Valdivia

En el video, la mujer cuestionó a bomberos y paramédicos por brindar ayuda a la persona que, manejando ebria, colisionó a otro hombre, quien falleció por la gravedad de sus lesiones.

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La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección interpuesto por en representación del personal del Sistema de Atención Médico de Urgencia (SAMU) en contra de la testigo de un accidente de tránsito que grabó un video y cuestionó sus protocolos de atención.

Se trató de un accidente ocurrido en agosto en Valdivia, donde un hombre colisionó a otro conductor al manejar en contra del tránsito. En dicho registro, que se viralizó en redes sociales, la mujer cuestionó que primero se brindara ayuda a la persona que provocó el accidente y no se tomara en cuenta al otro conductor, quien terminó falleciendo producto de la gravedad de sus lesiones.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada desestimó la procedencia de la acción, tras establecer que los comentarios que acompañan al video se encuentran amparados por el derecho constitucional a la libertad de expresión.

“Debe considerarse que el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión tiene como límite aquellos que constituyen garantías de quien se siente afectado. Sin poder a través de aquel, dañar o amenazar derechos fundamentales de terceras personas, como el derecho a la honra, la integridad psíquica o cualquier otro reconocido por nuestra carta fundamental y protegido por esta vía cautelar”, sostiene el fallo.

El video tras el accidente de tránsito

La justicia también planteó que en el registro “no se observa que la recurrida haya proferido malos tratos, insultado, denigrado o amenazado por esos medios a los recurrentes, ya sea en forma personal o como colectivo o grupo de trabajadores. Es posible vislumbrar en dichas publicaciones, una opinión respecto del protocolo aplicado en el procedimiento específico, en que la recurrida critica el actuar de quienes debieron adoptar decisiones, lo que se encuentra dentro del legítimo derecho de la libre expresión, que la Constitución Política reconoce a todos los ciudadanos”.

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