Ciudad
19 de Diciembre de 2025Corte de Apelaciones solicita a España la extradición de imputado por violación de dos personas y producción de material pornográfico infantil
El tribunal de alzada estableció que se cumplen los requisitos para la solicitud de extradición del imputado como autor de los delitos de violación de menor y mayor de 14 años y producción de material pornográfico infantil, ilícitos que cometió entre el 2017 y 2018 en la Región del Ñuble. Actualmente se encuentra detenido en Málaga, España.
Compartir
Este viernes, la Corte de Apelaciones de Chillán acogió la solicitud de orden de detención previa y extradición de L. G. I, imputado como autor de los delitos de violación de menor y mayor de 14 años y producción de material pornográfico infantil, ilícitos que cometió entre el 2017 y 2018 en la Región del Ñuble.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció que se cumplen los requisitos –tanto nacionales como internacionales– para la solicitud de extradición de Gómez, quien actualmente se encuentra detenido en Málaga, España.
Tribunal solicita la extradición
“Con relación a los delitos atribuidos a G.I, estos se encuentran penados ante el Estado respecto del cual se solicita la extradición activa”, estipula el fallo.
Y agrega: “Por otra parte, la acción penal no se encuentra prescrita, toda vez que los delitos investigados fueron cometidos entre el 1 de febrero de 2017 y el 31 de enero de 2017, los primeros hechos imputados, y entre el 1 de febrero de 2017 y el 18 de diciembre de 2018, los segundos. A su vez, el Estado de Chile tiene jurisdicción para conocer y juzgar dichos hechos, toda vez que se trata de un delito cometido dentro de su territorio y el pedido de extradición versa sobre un ilícito de carácter común, que no reviste connotación política alguna”.
Asimismo, para el tribunal de alzada: “(…) debe tenerse en cuenta que en la audiencia de formalización de investigación, el magistrado, tras analizar y ponderar los antecedentes allegados por el ente persecutor, estimó acreditados los presupuestos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, lo que unido a la falta de arraigo del imputado y el carácter de los delitos materia de la formalización de cargos, hace plausible adoptar las medidas necesarias para evitar su fuga”.
En ese marco, la Corte de Apelaciones derivó el oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores para que gestione las acciones pertinentes con el Reino de España y tramite la extradición del imputado.



