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26 de Diciembre de 2025

La derrota judicial de Enel: la empresa eléctrica deberá entregar equipamiento de respaldo a personas electrodependientes

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de Enel y confirmó el oficio de la SEC que obliga a la empresa a entregar equipamiento de respaldo a personas electrodependientes. Las interrupciones del suministro eléctrico ocurridas en 2024 y 2025, dieron pie a la decisión, que se basó en que "más del 95% de los pacientes electrodependientes inscritos por Enel carecían de equipamiento de respaldo previo a la interrupción del servicio eléctrico", explica el fallo.

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El 14 de abril de 2025, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) dio a conocer un oficio mediante el cual el organismo fiscalizador impartió instrucciones a la empresa eléctrica Enel sobre la entrega de equipamiento de respaldo a personas electrodependientes. Este viernes 26 de diciembre, la Corte de Apelaciones ratificó esa orden.

Ante ese oficio, Enel acudió a la Corte de Apelaciones de Santiago alegando que la SEC excedió sus facultades legales, ya que le impuso exigencias que no están contempladas ni en la ley ni en el reglamento. En particular, obligó a entregar equipos electrógenos de forma permanente, puso límites a la entrega temporal, exigió que los usuarios firmaran formularios para aceptar o rechazar el equipamiento y ordenó contactar repetidamente a los clientes electrodependientes que ya habían rechazado el equipo.

Por su parte, la SEC solicitaba el rechazo del reclamo y aseguraba que el oficio se enmarcaba en sus facultades como ente fiscalizador. Además, basó su argumento en que las interrupciones de suministro eléctrico ocurridas en 2024 y 2025 evidenciaron que la estrategia de entrega reactiva de equipamiento adoptada por ENEL resultó ineficaz para asegurar la continuidad del suministro a personas electrodependientes. Esto comprometió la vida y seguridad de aquellos clientes.

Un 95,9% de las personas electrodependientes no contaban con equipos ante la interrupción del suministro

“En cuanto a los hechos que motivaron el Oficio N°278292, la SEC señala que los eventos de agosto de 2024 y el Black Out del 25 de febrero de 2025 revelaron que más del 95% de los pacientes electrodependientes inscritos por Enel carecían de equipamiento de respaldo previo a la interrupción del servicio eléctrico“, explica el fallo.

“Expone que, de un total de 2.539 personas electrodependientes, 2.435 no contaban con equipos antes del evento (95,9%) y 2.177 no lo recibieron siquiera durante la emergencia (85,7%). Añade que ENEL excluyó otros 155 casos bajo la categoría “se desistió en terreno”, datos que, en su conjunto, evidencian que la empresa no ha implementado eficazmente las soluciones previstas en la normativa”, añade el fallo.

Finalmente, la Corte de Apelaciones rechazó el reclamo de ilegalidad de Enel y explicó que las órdenes de la SEC se ajustaron al marco normativo que regula la protección de personas electrodependientes.

“El espíritu del legislador fue, en todo momento, asegurar la mantención del suministro para las personas electrodependientes, de modo que corresponde a la autoridad sectorial fijar el verdadero sentido y alcance de la norma desde el punto de vista técnico”, sentencia el fallo.

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