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Un niño de 12 años no debería morir para que volvamos a hablar de prevención, penas y responsabilidad penal adolescente. Pero la tragedia ocurrida en San Bernardo, en medio de una encerrona brutal, nos obliga a mirar de frente una falla que se repite demasiado. Estamos llegando tarde a cuidar a los adolescentes más vulnerables y también, tarde a proteger a las víctimas. ¿Qué hacer cuando adolescentes participan en delitos de extrema violencia?
Chile no parte de cero. La responsabilidad penal adolescente nació, hace más de dos décadas, con una idea correcta. Un joven entre 14 y 17 años no debe ser tratado igual que un adulto. Está en formación, tiene mayores posibilidades de reconducir su vida y requiere un sistema especializado, con sanciones distintas, programas de reinserción y garantías propias.
Esa lógica sigue siendo válida. El problema aparece cuando ese sistema deja de distinguir con suficiente claridad entre un primer infractor y un adolescente que acumula delitos gravísimos.
Los datos entregados en esta discusión muestran que el problema no está en todos los adolescentes, sino en un grupo reducido e intensamente reincidente. Según antecedentes de Fiscalía, entre 2019 y 2025, el 10 por ciento de los adolescentes infractores de la ley, entre 14 y 17 años, concentró el 36 por ciento de la carga delictual. En 2025 hubo cerca de 44 mil causas de responsabilidad penal adolescente y más de 2 mil menores enfrentaron cargos por robos violentos.
Esa concentración obliga a legislar con precisión. Endurecer todo el sistema por igual puede ser injusto e ineficaz. Mantener reglas que tratan casi igual al primer infractor y al multirreincidente también es una forma de abandono. La justicia juvenil debe proteger la posibilidad de reinserción, pero también debe hacerse cargo del daño real que producen los delitos violentos.
Por eso el debate sobre modificar la Ley 20.084, que regula la responsabilidad penal adolescente, es necesario, pero no suficiente. La ciudadanía tiene razón cuando exige que un delito grave tenga una consecuencia grave. No puede existir una sensación de impunidad frente a adolescentes que participan en encerronas, robos violentos u homicidios. Si hay reincidencia y violencia extrema, la sanción debe ser proporcional y efectiva.
Pero sería un error creer que el problema se resuelve sólo aumentando penas. La Ley actúa cuando el adolescente ya cometió el delito y ahí está precisamente el drama, cuando la discusión empieza recién en el tribunal, el Estado ya perdió demasiadas oportunidades de intervenir antes.
Esa es también una advertencia que ha hecho la Defensoría de la Niñez. Su punto no es desconocer el daño que provocan los delitos violentos ni relativizar el dolor de las víctimas. Lo que plantea es que aumentar penas, por sí solo, no resuelve el problema si no va acompañado de prevención efectiva, salud mental, educación, trabajo con las familias y programas serios de reinserción.
Chile ya cuenta con una herramienta, el Programa de Seguridad Integrada para Niños, Niñas y Adolescentes 24 Horas. Su objetivo es detectar a tiempo a niños y adolescentes que aparecen vinculados a vulneraciones de derechos, consumo problemático o primeras conductas transgresoras.
Ahí deberíamos poner la atención. No sólo en la sanción final, sino en la prevención inicial. Estos programas son caros y requieren equipos especializados, coordinación municipal y familiar. Ganamos un niño cuando logramos sacarlo a tiempo de una trayectoria de violencia.