Ciudad
16 de Septiembre de 2026Corte Suprema condena a siete años a funcionario de la Armada que colaboró en el robo de material de guerra
La Segunda Sala rechazó el recurso presentado por la defensa de Maikol Trecanao, condenado como cómplice del robo ocurrido en febrero de 2023 en la Capitanía de Puerto de Cochamó. El tribunal descartó que se configuraran las atenuantes alegadas y sostuvo que, incluso si estas concurrieran, no tendrían una influencia sustancial en la pena.
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La Corte Suprema confirmó la condena a siete años de presidio mayor en su grado mínimo contra Maikol Trecanao, funcionario de la Armada condenado como cómplice del delito de robo con violencia de material de guerra, ocurrido en febrero de 2023 en la Capitanía de Puerto de Cochamó.
En un fallo unánime, la Segunda Sala rechazó el recurso presentado por la defensa de Trecanao Lara, que buscaba cuestionar la aplicación de la ley en la sentencia de la Corte Marcial de la Armada, dictada el 18 de marzo de 2025.
Según los hechos establecidos durante el proceso, el 16 de febrero de 2023, durante la noche, tres civiles llegaron hasta la Capitanía de Puerto de Cochamó y abordaron al funcionario primero L. Matías Romero, quien se encontraba cumpliendo funciones en el recinto.
Los sujetos lo maniataron y agredieron físicamente con el objetivo de sustraer distintas especies correspondientes a material de guerra. Posteriormente, huyeron del lugar.
La sentencia estableció que Trecanao Lara, quien se encontraba en servicio activo de la Armada al momento de los hechos, no participó directamente en la ejecución del robo. Sin embargo, previamente había entregado a los autores información sobre el lugar, sus condiciones de acceso y otras circunstancias que facilitaron la comisión del delito.
Por ello, los tribunales le atribuyeron participación en calidad de cómplice al funcionario, al considerar que proporcionó información relevante para la ejecución del ilícito, pero que no tuvo dominio del hecho ni intervino materialmente en el robo.
Después de ocurrido el robo, Trecanao Lara compareció ante la Fiscalía Naval, donde reconoció su participación y entregó antecedentes que permitieron orientar la investigación y vincular a otros partícipes del delito.
El Juzgado Naval de la Quinta Zona Naval lo condenó en diciembre de 2024 a siete años de presidio mayor en su grado mínimo. La decisión fue posteriormente confirmada por la Corte Marcial de la Armada.
La pelea por las atenuantes
La defensa recurrió a la Corte Suprema buscando anular el fallo y obtener una rebaja de la condena. Para ello, pidió que se reconocieran dos atenuantes del artículo 11 del Código Penal: la de denunciarse y confesar el delito pudiendo eludir la acción de la justicia y la de haber procurado reparar el daño causado.
Sobre la primera, la Corte Suprema sostuvo que un funcionario de la Armada en servicio activo sí puede acceder a esta atenuante, pero debe acreditarse que tuvo una posibilidad real de sustraerse de la persecución penal. En este caso, esa circunstancia no quedó establecida.
Respecto de la segunda, el tribunal señaló que no basta con alegar una intención de reparar el daño: deben existir conductas concretas que impliquen un esfuerzo efectivo y relevante de reparación. Esos elementos tampoco fueron acreditados en el fallo.
Por estas razones, la Segunda Sala rechazó el recurso de casación en el fondo y mantuvo la sentencia de la Corte Marcial de la Armada.
Así, se mantiene la condena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo contra Trecanao Lara.



