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Nacional

27 de Agosto de 2012

Documento de los pacos no autoriza a efectivos a desnudar a estudiantes detenidos en comisarías

La circular 1727-2012 tiene nombre y apellido: “Procedimientos policiales con menores de edad: reitera e imparte Instrucciones”. En ella el jefe de los verdes enfatiza el comportamiento de las fuerzas del orden con los menores de 18 años que cometen faltas o delitos. Los casos conocidos hasta ahora son en Calama y en Rancagua, donde la institución aseguró que se aplicaron sanciones, pero no dijeron a quiénes ni cuáles.

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El pasado 13 de agosto el coronel de Carabineros de Rancagua, Iván Guajardo, tuvo que salir a dar explicaciones luego que un grupo de estudiantes que fueron detenidos en el liceo María Luisa Bombal, denunciaron haber sido obligados a desnudarse en el cuartel policial. Eran hombres y mujeres.

Guajardo le dio la siguiente declaración a radio Cooperativa: “El protocolo de Carabineros indica que todo detenido que ingrese en nuestro cuartel debe ser revisado minuciosamente. No es que se realice un retiro de las vestimentas completas, pero sí parcialmente. Quedan en ropa interior, tanto mayores como menores de edad”.

Los y las jóvenes que se vieron enfrentados a esta situación la denunciaron a los cuatro vientos, incluso con conferencia de prensa, denuncias de la Unicef, entre otros organismos.

Una vez sucedido lo anterior, el dueño del sitio www.yonovotexel.blogspot.com pidió el instructivo interno de los verdes basándose en la Ley de Acceso a la Información Pública para saber si el coronel Guajardo decía la verdad.

La cueca en pelotas

Pues bien, los pacos le entregaron la circular 1727, fechada a principios de año llamado “Procedimientos policiales con menores de edad: reitera e imparte Instrucciones”.

A diferencia de lo que dijo el coronel Guajardo, muy suelto de cuerpo, el documento en ninguna parte autoriza a los uniformados a quitarle la ropa a menores de edad.

Entre las distintas órdenes que imparte el general director institucional Gustavo Adolfo González Jure, está para los menores de 18 años, el principio de segregación con los adultos.

Para los menores de 14, que son inimputales y que cometen un delito se les debe avisar a sus padres cuando ya están en el cuartel policial.

“El menor NO tiene la calidad de detenido y se registra como “conducido por vulneración de derechos”. NO lo pueden interrogar, sólo consultas para lograr su identificación y la de las personas que lo tienen a su cuidado. NO corresponde intervención de fiscalía, y Fiscalía sólo puede interrogarlo en calidad de testigo”, señala el papel revelado por los verdes, entre otros detalles.

El caso ocurrido en Rancagua no es el único, el 16 de agosto sucedió otro el 15 de agosto en Calama (http://www.diarioantofagasta.cl/regional/13525), donde funcionarios de civil detuvieron a un grupo de liceanos y también los obligaron a desvestirse. Todos eran menores de 18 años,.

¿Cuáles y quiénes?

El pasado 22 de agosto, los verdes entregaron un comunicado, en el cual aseguraban que se habían tomado medidas y aplicado sanciones, aunque no dijeron a quiénes ni cuáles.

“Dentro de los protocolos de manejo de detenidos de Carabineros se encuentra establecida la práctica de un registro, con el objetivo de cerciorarse de que no porten elemento alguno que pueda poner en riesgo tanto su integridad física y la de los otros detenidos, como tampoco la de los funcionarios de Carabineros encargados de su vigilancia”, dice el papel.

Sin embargo, a renglón seguido se pillan la cola: “si bien el personal (de Rancagua) siguió los procedimientos establecidos al respecto, no actuó observando cabalmente el detalle de los mismos ni tampoco instrucciones específicas recientemente entregadas. De igual manera, se concluyó que hubo falencias en el adecuado funcionamiento de los controles internos responsables de cautelar lo anterior”.

En ese contexto, los pacos insistieron en que se están perfeccionado los procedimientos, “en orden a que consideren aún más las particularidades de los involucrados”.

Circular de Carabineros

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