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Opinión

22 de Agosto de 2014

Instituto Nacional: fallos contra estudiantes en dictadura sirvieron de sustento para prohibir las tomas

Los dos ministros del voto de mayoría de la Quinta Sala de la Corte de Santiago que acogió la presentación de los apoderados, citaron al menos cinco resoluciones de la Suprema entre 1986 y 1987 dictadas en contra de los estudiantes de las universidades de Chile y Playa, entre otras, para justificar su decisión. Uno que antecedió a la decisión del máximo tribunal, decretado por la Corte de Valparaíso, acude a un argumento de antología: "¿Cómo es posible con fines mezquinamente 'electoreros' o por el simple placer de formular oposición a un gobierno establecido o por disconformidad con un Decano o sistema de enseñanza, se incite a la niñez -prevaliéndose de su candor- a la violencia extrema de tipo afrocubano?”

Jorge Molina Sanhueza
Jorge Molina Sanhueza
Por

instituto nacional

El reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que prohibió las tomas en el Instituto Nacional (IN), contiene referencias a resoluciones emitidas en dictadura por la Corte Suprema y firmadas por magistrados cercanos al régimen de Pinochet.

Un análisis del dictamen que favoreció al grupo de apoderados del IN revela que hay referencias a cinco fallos del máximo tribunal y de alzada de Santiago y regiones de 1986 y 1987, presentados por los rectores designados a dedo por las autoridades de ese tiempo o bien por alumnos de derecha.

Hay que recordar que la prohibición de las tomas en el Instituto Nacional, fue decretada por la Quinta Sala de la Corte de Santiago en fallo dividido de 2 contra 1, el lunes de esta semana.

Los jueces de mayoría fueron la ministra Marisol Rojas, sancionada por la Suprema por evadir ilegalmente una orden del Tribunal Constitucional (TC) que paralizaba un recurso de protección contra el Ministerio Público por falta de transparencia.

Por el mismo criterio estuvo el abogado integrante Joel González Castillo, el mismo que votó por censurar la Última Tentación de Cristo en 1997. En tanto la minoría estuvo representada por el magistrado Juan Escobar.

Connivencia célebre

Por ejemplo, el 7 de agosto de 1986, una resolución al recurso de protección presentado por la autoridad universitaria de Playa Ancha y acogido por la Suprema, es uno de los utilizados por la Corte de Apelaciones de Santiago para justificar el fallo contra la toma del Instituto Nacional.

El dictamen citado ordena que se proteja la integridad física y síquica de los estudiantes y que la autoridad pública disponga la “debida vigilancia”

Fue firmado, nada menos que por los supremos José María Eyzaguirre, Marcos Aburto -quien fuera senador designado y un reconocido Pinochetista- Estanislao Zúñiga, Enrique Urrutia y Hernán Cereceda. Este último fue destituido vía acusación constitucional a principios de los 90 con el voto de Sebastián Piñera, cuando era senador. Hasta hoy es recordado como “el juez venal”.

La presentación fue rechazada también en primera instancia por la Corte de Valparaíso, aludiendo a las presentaciones del régimen por Ley Antiterrorista, debido a la toma.

Y señala que deben protegerse los derechos a la vida la integridad física y síquica “esencialmente en estado de continua amenaza”.

Sigue: “Y permitirle a los estudiantes que intentan este recurso el desarrollo normal de sus estudios, se resuelve que las fuerzas del orden respectivas dispondrán en la Universidad de Playa Ancha la debida vigilancia hasta el término de este año universitario”.

“Psicofisiología afrocubana”

Hay otro, también de la Suprema de 13 de abril de 1987, en contra de los alumnos de las tomas en la Facultad de Derecho de Universidad de Chile.

En él se asevera que la Fuerza Pública debe aplicar las medidas tendientes a mantener el orden que estas medidas no “pueden sino imponerse al causante”.

Fue firmado por Servando Jordán, acusado de corrupción en los 90 y que incluso enfrentó una acusación constitucional. También por Marcos Aburto, Víctor Rivas, Emilio Ulloa y Abraham Meersohn, quien siempre rechazó la existencia de los desaparecidos.

La primera instancia de este fallo pertenece a la Corte de Santiago y obedece a una recurso de protección presentado, entre otros, por el estudiante Max Silva Abbott, hoy abogado que ha expuesto en seminarios de “derecho natural.

Los argumentos esgrimidos por el tribunal de alzada son de antología para justificar un fallo en contra de los estudiantes contrarios a Pinochet.

“Que no es tarea fácil enfrentar una petición de adolescentes (menores de 24); primera juventud, burbujeante copia de incógnitas, plena de ansias misteriosas, en las cuales descuela lo sexual por su propia idiosincracia psicofisiológica, eterna y efímera; florido sendero que iniciamos un día -llorando- cual camino de vida. El mismo de la muerte”.

Y la Corte se pregunta: “¿Cómo es posible con fines mezquinamente ‘electoreros’ o por el simple placer de formular oposición a un gobierno establecido o por disconformidad con un Decano o sistema de enseñanza, se incite a la niñez -prevaliéndose de su candor- a la violencia extrema de tipo afrocubano… debe alarmarnos la presencia de aquello, que fieles a los ideales e Lenin y de la nueva Rusia Imperial, altamente militarizada, subordinan su moral a la lucha de clases?”.

Y como si fuera poco ordena a la autoridad académica denunciar los hechos a la justicia militar “todo ilícito típico que se perpetre bajo el alero de la Casa de Estudios”.

El hombre del silencio

Otro fue dictado en contra de los estudiantes de la Universidad de Santiago del 18 de enero de 1987. A este último suman los anteriores ministros de la Suprema ya mencionados.

Se señala en la resolución que las tomas y protestas contra Pinochet, “representan , en consecuencia, una privación y perturbación de las actuales garantías constitucionales denunciadas, constituyen asimismo una amenaza permanente a esas mismas libertades y derechos pues es un hecho público y notorio que los quebrantamientos antes señalados han persistidos en el ámbito universitario desde 1986, dirigidos especialmente a alterar el desarrollo normal de las actividades académicas”.

El recurso antes descrito fue presentado por el entonces coronel del Ejército y rector de la Universidad de Santiago, Patricio Tegualda Tiffaine. Este último respondía informes negando las detenciones hechas por la DINA y la CNI, hechos consignados por el informe Rettig.

Otra de la Suprema, pero del 8 septiembre de 1986 en contra de los estudiantes de la Universidad Austral, sigue con los mismos argumentos de los fallos anteriores, avalando la represión de Carabineros.

Lea los fallos parte 1

Lea los fallos parte 2

Lea el fallo que prohíbe las tomas

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