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Nacional

18 de Junio de 2012

Consejo de Transparencia denuncia a Cruz Coke a Contraloría por no guardar emails y violar decreto de cartera dirigida por Larroulet

La decisión del organismo que lucha contra el secretismo en el Estado, es la resultante de una presentación hecha por una ex funcionaria, quien requirió la copia de sus e-mail desde la cuenta personal que mantenía en el Consejo de la Cultura. Con la denuncia presentada por el CPLT, la entidad dirigida por Ramiro Mendoza deberá iniciar una investigación para establecer de quien es responsabilidad guardar las comunicaciones electrónicas, donde podría salir salpicado el jefe de informática, otros funcionarios del CNCA y eventualmente la cartera de Educación y el propio Cruz Coke.

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El Consejo para la Transparencia (CPLT) denunció ante la Contraloría al ministro presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA), Luciano Cruz Coke , luego que descubriera que infringió la ley “al no adoptar políticas de registro, conservación y seguridad de las comunicaciones electrónicas entre órganos de la Administración del Estado y entre éstos y los ciudadanos”.

La decisión del organismo está contenida en un reciente fallo -que publica The Clinic Online- a raíz de la petición de una ex funcionaria, quién requirió una copia de los correos electrónicos de su cuenta personal, durante el período en que se desempeñó como Encargada de Planificación y Control Estratégica en la Región de Atacama”.

En el dictamen, el CPLT es claro al señalar que Cruz Coke violó expresamente el Decreto Supremo N° 77 de 2004, dictado en su oportunidad por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, ya que en su repuesta aseguró que no tenían copia de registros electrónicos; que el disco duro había sido borrado y que sólo desde hace poco tiempo contaban con un servidor de correo propio, ya que antes dependían de Educación.

El CPLT no aceptó la respuesta tecnológica del CNCA, ya que independiente del formateo a la unidad de almacenamiento, de todas formas queda copia. De hecho, en distintas investigaciones a redes de pedofilia, lavado de dinero, entre otras, algunos imputados han borrado el disco duro, pero la Brigada de Cibercrimen de la PDI ha recuperado satisfactoriamente el contenido. En suma, siempre se pudo, pero no se hizo.

Por esta razón, la entidad encargada de combatir el secretismo en el Estado, le recordó que debe adoptar “todas las medidas administrativas y técnicas que sean necesarias a fin de que, en lo sucesivo, dé cumplimiento a las mismas”.

Hay que recordar que el Consejo resolvió hace unos meses que el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, como también el ministro secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet, entregaran los correos electrónicos a dos requirentes distintos, respectivamente. La Moneda se opuso a la resolución y recurrió primero a la Corte de Apelaciones de Santiago y paralelamente al Tribunal Constitucional (TC). Este organismo ya analizó y resolvió sobre el caso de Ubilla, señalando que las comunicaciones electrónicas son de carácter privado. En tanto, la presentación de Larroulet debiera ser resuelta en los próximos días, pero todo indica que el TC mantendrá el mismo criterio, por tratarse de materias similares.

Casos opuestos

Para el caso de la ex funcionaria del CNCA, la cuestión es distinta y más compleja en términos jurídicos, porque los correos fueron enviados y recibidos en su cuenta privada cuando trabajaba en el Estado y quien cometió la violación a la Ley de Resguardo de la Información fue precisamente la entidad dirigida por Cruz Coke, lo que explica la denuncia a la Contraloría. En otras palabras, no se configura el principio legal de la violación de las comunicaciones, según el CPLT.

Ahora bien, es posible que el gobierno adopte la misma postura que tuvo con Larroulet y Ubilla y recurra al TC, pero el Consejo para la Transparencia apuntó a que la transgresión de Cruz Coke está más que clara en la ley: (en cualquier organismo gubernamental)… “deberá quedar constancia de la transmisión y recepción de las comunicaciones efectuadas por medios electrónicos e identificarse el remitente, destinatario, fecha y hora de las mismas, con la finalidad de asegurar la constancia de la transmisión y recepción, los órganos de la Administración del Estado… por un período de tiempo que no podrá ser inferior a 6 años”.

Con la denuncia presentada por el CPLT, la entidad dirigida por Ramiro Mendoza deberá iniciar una investigación para establecer de quien es responsabilidad guardar las comunicaciones electrónicas, donde podría salir salpicado el jefe de informática, otros funcionarios del CNCA y eventualmente de Educación y el propio Cruz Coke.

Lee el fallo completo aquí

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