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Nacional

4 de Febrero de 2013

Corte condena a 19 ex carabineros por desapariciones y torturas en la Región de Los Lagos en 1973

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La Corte de Apelaciones de Temuco condenó a 19 ex carabineros en la investigación por diversos delitos de secuestros calificados y torturas cometidos en los sectores de Rahue, San Juan de la Costa, Puyehue, Río Negro, Puerto Octay, Río Bueno, Pilmaiquén y otros de la provincia de Osorno, a partir del 11 de septiembre de 1973.

En fallo dividido, como tribunal subrogante legal, los ministros Luis Troncoso, Julio César Grandón y Alejandro Vera confirmaron y modificaron en algunas de sus partes la sentencia dictada por el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valdivia Darío Carretta.

El fallo condena al ex oficial de Carabineros, Adrián Fernández Hernández. a 15 años de presidio, sin beneficios; al ex oficial Rolando Becker Soliz, y Rafael Pérez Torres a 12 años de presidio, sin beneficios.

En tanto, Gustavo Muñoz Albornoz quedó sentenciado a 10 años y un día de presidio, sin beneficios; German García y Raúl Enrique Zapata a 8 años de presidio, sin beneficios, mientras Camilo Astete Cáceres a 7 años de presidio, sin beneficios; a su vez Carlos Obando Rodríguez a 5 años de presidio y se concedió beneficio de libertad vigilada.

También Nelson Rodríguez Guerrero y Antonio Baros Muñoz a 4 años de presidio, donde se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.

En tanto, Héctor Matus Martínez, Francisco Ovando Cárcamo y Guido Almonacid Almonacid fueron condenados a 3 años y un día de presidio, también con el beneficio de la libertad vigilada.

Asimismo, Mario Cabello Yáñez, René Bórquez Angulo, Orozimbo Sepúlveda Ignao fueron condenados a 700 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, mientras que Renato Lezana Lezana, Amado Beck Hernández Rivas, y Sergio Conejeros Ortega quedaron sentenciados a 600 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.

Por último, lops ex carabineros Renato Padilla Etter, Jorge Barrientos Camadro, Armando Ángulo Fuchslocher, Pablo Mansilla Bórquez, Dagoberto Gajardo Cerón y Nelson Soto Rubilar fueron absueltos por falta de pruebas sobre su responsabilidad en los hechos investigados.

La resolución se adoptó con el voto en contra del ministro Troncoso, quien fuer partidario de aplicar la prescripción de la acción penal.

La Corte de Apelaciones de Temuco debió asumir como subrogante legal de la Corte de Apelaciones de Valdivia luego de que todos los ministros del tribunal de alzada de la región de los Ríos quedaran inhabilitados para conocer el proceso.

A su vez el ministro Darío Carretta había tenido que asumir el proceso luego de que la Corte Suprema ordenar un nuevo proceso por la inhabilitación de la ministra Emma Díaz, magistrada encargada apara causas de derechos humanos de esa jurisdicción.

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