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14 de Noviembre de 2013

Corte ordena a Cancillería revelar honorarios de abogados de Chile en la Haya y confirma fallo del Consejo de Transparencia

De acuerdo al unánime fallo de los Mauricio Silva, Jenny Book y la abogada integrante Claudia Schmidt, los argumentos presentados por el Consejo de Defensa del (CDE), en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, no fueron suficientes para tener por acreditado que la divulgación de las lucas y las identidades de los profesionales, atentaran contra la seguridad nacional, ni menos que constituya una afectación a la estrategia jurídica del país ante la corte internacional. Tampoco que el rótulo “secreto”, pueda anular la garantía constitucional del acceso a la información. El fallo lo publica The Clinic Online.

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La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por la unanimidad de sus tres miembros, ordenó a la Cancillería que revele a la ciudadana argentina, Romina Colman, los honorarios de los abogados que representaron a Chile en la etapa escrita en La Haya -entre los meses de enero de 2010 a octubre de 2011- donde el país mantiene un litigio marítimo con Perú. De esta manera confirmó el criterio adoptado por el Consejo para la Transparencia (CPLT) en un fallo de junio de 2012.

De acuerdo al fallo de Mauricio Silva, Jenny Book y la abogada integrante Claudia Schmidt, los argumentos presentados por el Consejo de Defensa del (CDE), en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, no fueron suficientes para tener por acreditado que la divulgación de las lucas y las identidades de los profesionales, atentaran contra la seguridad nacional, ni menos que constituya una afectación a la estrategia jurídica del país ante la corte internacional. Tampoco que el rótulo “secreto”, pueda anular la garantía constitucional del acceso a la información.

“En general, no es todo lo relativo a las relaciones exteriores lo que está sujeto a reserva o secreto. De lo que se trata es de contener la garantía institucional, de acceso a la información, sobre los aspectos que de ser conocidos pondrían en  serio riesgo el funcionamiento del sector y, de paso la garantía de la propia permanencia del Estado y la salvaguarda de sus intereses públicos más esenciales. Es la única forma de conectar la limitación de este derecho fundamental con el respeto del principio de proporcionalidad en sentido estricto”, señala el considerando 13 del fallo.

Los magistrados criticaron los argumentos esgrimidos por el CDE, en la interpretación de la Ley de Acceso a la Información Pública, señalando que conocer los nombre y lo que recibieron como sueldo, en nada afecta al país: “de lo que se infiere que las afirmaciones de la reclamante no están respaldadas en antecedentes concretos y objetivos, sino que constituyen sólo apreciaciones personales y subjetivas”

De acuerdo a la página de la Cancillería, entre otros profesionales que asesoraron fueron los siguientes: José Miguel Barros, Jorge Berguño, Helmut Brunner, Octavio Errázuriz, Joaquín Fernandois, Ximena Fuentes, Carmen Hertz, Jaime Lagos, Hugo Llanos, Carlos Mackenney, Edgardo Riveros, Miguel Schweitzer, Ernesto Videla, Edmundo Vargas, Luís Winter y Fernando Zegers. También hay extranjeros.

En todo caso el CDE aún tiene una última chance y es recurrir ante la Corte Suprema, para revocar la decisión del tribunal de alzada, donde se enfrentará nuevamente con el CPLT.

Lea el fallo completo

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