Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Poder

19 de Marzo de 2015

Los fácticos de siempre: Las cuatro causas en que el Tribunal Constitucional mostró su peor rostro

La última intervención del Tribunal Constitucional en favor de detener la investigación del Ministerio Público contra Soquimich reflotó el actuar del organismo, al que durante la transición la Alianza por Chile recurrió en diversas ocasiones para impedir desde la entrega de la píldora del día después hasta la injerencia de la Corte Penal Internacional. Acá un repaso a sus más polémicas intervenciones, incluida la ya famosa censura a "La Última Tentación de Cristo".

Por

Tribunal Constitucional 2015

La declaración del Tribunal Constitucional (TC) de acoger a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad formulado por Patricio Contesse González, el recientemente despedido gerente general de SQM, en el marco del caso Penta en la arista Soquimich, reavivó el debate sobre su pertinencia y poder.

Tras su creación, en 1970, las reformas constitucionales impulsadas en 2005 por el Gobierno de Ricardo Lagos modificó y perfeccinó las facultades de la institución, según el propio organismo ha declarado.

En la actualidad, el TC está constituido por Carlos Carmona Santander, Nelson Pozo Silva, Juan José Romero Guzmán, Domingo Hernández Emparanza, María Luisa Brahm Barril, Cristián Letelier Aguilar, Iván Aróstica Maldonado, Marisol Peña Torres, Francisco Fernández Fredes y Gonzalo García Pino.

En el caso del requerimiento de Contesse, presentado por el abogado Samuel Donoso, la Segunda Sala -que falló en este caso a favor del exejecutivo de SQM, limitando las opciones del Ministerio Público de requerir información de la empresa líder en la producción de litio en el mundo- es muestra del “equilibrio político” imperante en el Tribunal.

Entre los ministros que fallaron a favor de este requerimiento están María Luisa Brahm Barril, exjefa de asesores del Gobierno de Sebastián Piñera; e Iván Aróstica Maldonano, jefe jurídico del Ministerio del Interior durante el gobierno anterior. Sin embargo, la presencia de “derecha” más significativa es la del más actual de sus ministros: el exdiputado Cristián Letelier Aguilar, del que ayer se pidió la inhabilidad ya que fue abogado de Paula Rojo, quien trabajó en la campaña de Alberto Cardemil y en ese contexto emitió boletas ideológicamente falsas a Penta, como consta en la carpeta que sustancia el fiscal Carlos Gajardo.

Los otros dos miembros, tanto el presidente del tribunal, Carlos Carmona Santander como el ministro Gonzalo García Pino, exsubsecretario de Marina del primer Gobierno de Michelle Bachelet, son cercanos a la DC.

El fallo favorable a SQM no es la única oportunidad en que el TC le ha sacado canas verdes a otras instituciones del Estado. Acá un listado de sus fallos más polémicos.

Píldora del día después

Fue el 4 de abril de 2008 (hace apenas siete años) el día en que el Tribunal Constitucional originó un repudio generalizado de las mujeres en Chile. Ese día el organismo decidió prohibir la distribución de la llamada píldora del día después en el sistema público, acogiendo el requerimiento interpuesto por 31 diputados de la Alianza por Chile que impugnaba la entrega del fármaco.

La decisión, que generó marchas y manifestaciones en distintas instituciones en ese momento, impedía el suministro de todos los métodos de “Anticoncepción Hormonal de Emergencia”.

El texto del Tribunal falló a favor de “acoger el requerimiento únicamente en cuanto se declarará la inconstitucionalidad del punto 3.3. de la Sección C de las mismas normas referidas, que ordena al sistema público de salud aconsejar y distribuir los métodos de ‘Anticoncepción Hormonal de Emergencia’, conocidos genéricamente como ‘píldora del día después’”.

Eso sí, el organismo no aprobó la impugnación en contra de los Dispositivos Intrauterinos (DIU) y rechazó declarar inconstitucionales normas sobre secreto en la orientación y consejería a menores de edad sobre el uso de los métodos de regulación de la fertilidad y educación sexual.

Subcontratación

Fue en agosto de 2006 cuando el entonces presidente del Partido Socialista, Camilo Escalona, estuvo al centro de la polémica por acusar al TC de ser un poder fáctico.

En ese entonces, ya aprobada la ley de Subcontratación, el senador Andrés Allamand requirió al Tribunal que se revisara el artículo sobre el nuevo concepto de empresa, el que se terminó eliminando por acción del TC. En efecto, la acción de Allamand significó que se eliminara ese artículo, que solucionaba el problema del multirut en las empresas.

Ante esto, la Concertación criticó duramente el actuar del excandidato presidencial RN y del tribunal, diciendo que el senador se había “empeñado” en “desplomar una resolución que el propio cuerpo colegiado del que forma parte había aprobado, (muestra) que se ha reinstalado un poder fáctico, que es el Tribunal Constitucional, que es capaz de tomar decisiones por encima de la voluntad de los gobiernos y por encima de las mayorías de las dos cámaras del Congreso Nacional”.

Estatuto de Roma a la Corte Penal Internacional

El 4 de marzo de 2002, fue formulado al Tribunal un requerimiento por 35 diputados para declarar la inconstitucionalidad del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), tres días antes que entrara en vigencia en nuestro país.

En esa oportunidad, el Tribunal acogió el recurso y terminó declarando inconstitucional la jurisdicción de la CPI, la potestad para reducir sentencias, la improcedencia del cargo oficial y el poder de un fiscal especial internacional para llevar a cabo investigaciones en territorio chileno.

Según el requerimiento, el CPI se superponía a los tribunales chilenos, lo que significaba una especie de atropello a la soberanía nacional por las atribuciones que otorgadas y por el derecho a veto que se asigna al Consejo de Seguridad de la ONU. Pasó piola.

Ley de Pesca

A diferencia de las polémicas anteriores, el miércoles 23 de enero de 2013 el Tribunal Constitucional fue cuestionado por no ejercer el poder que se le reclama. Ese día, el TC rechazó los dos recursos presentados por parlamentarios para decretar la inconstitucionalidad de la polémica ley de Pesca, impulsada por el entonces ministro de Economía Pablo Longueira y aprobada por el Congreso un mes antes.

Ambos recursos, uno adscrito por 11 senadores en ejercicio y otro elaborado por 50 diputados, fueron rechazados por la instancia, que no puede ser apelada y que permitió entonces seguir con la promulgación de esa polémica ley.

En esa ocasión, la decisión del TC radicó en que no lograban “articular un razonamiento constitucional consistente que alcance a configurar una real cuestión de constitucionalidad”, en el caso del recurso puesto por los diputados; y porque “las normas impugnadas cuentan con suficientes antecedentes de respaldo que demuestran su conformidad con la Carta Fundamental”, en el caso del recurso de los senadores.

Eso sí, a juicio de abogados como Patricio Zapata, que representó a los senadores en esta oportunidad, el fallo dejó abierta la puerta a modificaciones a la ley, ya que en ninguna parte del fallo se reconocieron derechos de propiedad a los industriales.

Notas relacionadas