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Nacional

4 de Noviembre de 2015

Dictan condena contra cinco exuniformados en causa de DD.HH. conocida como caso Aysén

Unos de los implicados en el ilícito (causa rol 15687-1) es el entonces capitán de Ejército Aquiles Alberto Segundo Vergara Muñoz, quien deberá cumplir una pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito.

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ddhh

En el marco de las investigaciones por los vejámenes acontecidos en Dictadura, el ministro en visita extraordinaria para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, Luis Sepúlveda Coronado, condenó a cinco ex efectivos del Ejército y Carabineros, esto por la responsabilidad en el homicidio calificado de Sergio Alvarado Vargas, hecho ocurrido el 2 de octubre de 1973.

Unos de los implicados en el ilícito (causa rol 15687-1) es el entonces capitán de Ejército Aquiles Alberto Segundo Vergara Muñoz, quien deberá cumplir una pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito.

Vergara Muñoz es el padre de la periodista y conductora de televisión Ivette Vergara.

El año pasado, el exmilitar había sido condenado a tres años y un día por otra causa del llamado caso Aysén. En aquella oportunidad, la comunicadora sostuvo que  “hay que la dejar que la justicia haga su trabajo como corresponde y en un minuto que se tenga que hablar se va a hablar, pero nosotros estamos tranquilos. Sabemos que mi papá es inocente, por lo tanto, estamos súper tranquilos”.

Junto con Vergara Muñoz, Miguel Ángel Rojas Quiroga, teniente de Carabineros al momento de los hechos, fue condenado a 5 años y un día de presidio efectivo en calidad de cómplice.

Por otro lado, se dictó sentencia en calidad de coautor contra el cabo en retiro del Ejército Ricardo Albarrán Espinoza, quien recibió una condena de 5 años de presidio, con el beneficio de cumplimiento de la pena bajo la modalidad de libertad vigilada del adulto.

En el caso de los soldados conscriptos José Delmiro González Mansilla y Elizandro González Meza, fueron condenados como coautores del delito de homicidio calificado de Alvarado Vargas, a sufrir cada uno 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.

Según el fallo, el ministro Sepúlveda logró acreditar que “la primera semana del mes de octubre de 1973, funcionarios de Carabineros llegaron a relatarle al Capitán Vergara que habían tenido un incidente con unas personas en Puerto Aysén, los cuales los habrían insultado”, y que en esas circunstancias el Capitán Vergara “ordenó a personal militar bajo su mando, que fueran a la casa de las personas que habían insultado a los Carabineros, los buscaran y procedieran a sus detenciones”.

Además, el libelo detalla que “luego de lo anterior, el Capitán Vergara llamó a todos los soldados conscriptos que habían ido a efectuar esas detenciones, y en presencia de ellos comenzó a hablarle a los dos detenidos, a uno de los cuales le dijo que se diera vuelta porque le daba la espalda y cuando quedó frente a él, sacó un revólver que estaba en su cartuchera sujetada por un cinturón y con el arma en sus manos le disparó en el estómago reiteradamente, por lo que el detenido cayó al suelo, y posteriormente, el mismo Capitán, le ordenó al otro detenido que también se diera vuelta porque le daba la espalda y cuando estuvo frente a él le hizo lo mismo disparándole reiteradamente a la altura del estómago, hasta que cayó al suelo, falleciendo ambos detenidos en ese lugar”.

Ver fallo completo

 

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