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Nacional

7 de Abril de 2016

La versión del SII tras cierre temporal de local de Ñuñoa por boleta de 3 lucas

"La sanción de multa por 1 UTM y de clausura por 2 días aplicada al conocido restaurante “Las Lanzas”, de Ñuñoa, se adoptó tras un procedimiento de fiscalización que comprobó la adulteración de la fecha y el monto de una boleta de ventas y servicios, irregularidad prevista y sancionada en el artículo 97, N°10, del Código Tributario", explicó el ente recaudador.

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sii A1

El Servicio de Impuestos Internos (SII) entregó su versión, a través de una declaración pública, luego de la sanción que aplicó a un local de Plaza Ñuñoa tras una denuncia anónima por una boleta mal extendida de aproximadamente 3 mil pesos.

“La sanción de multa por 1 UTM y de clausura por 2 días aplicada al conocido restaurante “Las Lanzas”, de Ñuñoa, se adoptó tras un procedimiento de fiscalización que comprobó la adulteración de la fecha y el monto de una boleta de ventas y servicios, irregularidad prevista y sancionada en el artículo 97, N°10, del Código Tributario”, explicó el ente recaudador.

“El procedimiento fue adoptado por funcionarios de la Unidad de Ñuñoa del SII luego de la denuncia presentada al organismo con fecha 3 de diciembre del 2015 por un cliente del restaurante, quien luego de exigir reiteradamente la boleta recibió el documento adulterado por un consumo de $16.500, pese a que posteriormente la revisión del talonario respectivo permitió comprobar que el documento original había sido emitido en noviembre del mismo año y por un valor de $3.190, es decir una cifra menor a la que correspondía”.

En ese sentido, el SII agregó que “al contrario de lo que se ha señalado por parte del contribuyente, no se trató de una denuncia anónima y la efectividad de los hechos fueron corroborados en un proceso posterior de fiscalización en terreno, razón por la cual se cursó la denuncia respectiva, por un monto de la operación ascendente a $16.500.- conforme a lo dispuesto en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario, que precisamente sanciona la emisión de documentos tributarios que no cumplan con los requisitos legales y reglamentarios, entre los cuales se encuentra que se consigne el verdadero monto de la operación”.

“Las sanciones que establece la ley para este tipo de conducta es multa del 50% al 500% del monto de la operación y clausura de hasta 20 días del local o establecimiento donde se cometió la infracción”, precisó el organismo, haciendo alusión al cierre que decretó entre las tardes del miércoles 13 y el viernes 15 de abril.

El SII recordó además que “ante una infracción cursada por el Servicio, todo contribuyente tiene derecho a reclamar sobre su procedencia y legalidad ante el Tribunal Tributario y Aduanero competente, para cuyos efectos puede hacerlo personalmente sin patrocinio de abogado, cuestión que no sucedió en este caso”.

En este caso, “el contribuyente aceptó la infracción y se acogió al procedimiento de condonación de sanciones establecido por el Servicio, con lo cual la multa correspondiente se redujo de 3 UTM a 1 UTM, en tanto que la clausura se redujo de 6 días a 2 días”.

“Cabe señalar que al monitorear este tipo de actividades el SII no hace otra cosa que cumplir con su mandato legal, ya que todos los contribuyentes están obligados a emitir los documentos tributarios que correspondan por las operaciones comerciales que realicen, declarando los impuestos respectivos, por lo que cualquier omisión sobre el particular constituye evasión”, cierra.

SII clausura local de Plaza Ñuñoa por supuesta boleta mal extendida de 3 lucas – The Clinic Online

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