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23 de Junio de 2016

Proyecto Anticolusión: Abbott envía oficio al Senado cuestionando marginación de Fiscalía en indagatorias

En el escrito, el Fiscal Nacional plantea que la Constitución resguarda "las funciones, facultades y competencias conferidas al Ministerio Público" para la persecución de ilícitos y consigna que el establecer como requisitos, para iniciar indagatorias, un fallo del TDLC y una querella de la Fiscalía Nacional Económica perjudica las investigaciones. Al respecto, el presidente de la Comisión Mixta de Hacienda, senador Pedro Araya, señala que la figura de la delación compensada en procesos administrativos ha sido más eficientes que la indagatoria penal.

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El martes 21 de junio, el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, envió un oficio a la Comisión Mixta de Hacienda del Senado, que debe zanjar la polémica por el artículo 64 de la ley anticolusión. La sesión de la entidad programada para ayer se suspendió por la discusión en sala de la Reforma Laboral.

El proyecto que busca sancionar los delitos de cuello y corbata castiga de forma más severa las prácticas desleales de competencia en los mercados: reestablece la pena de cárcel y aumenta las multas al doble de las utilidades obtenidas por la colusión o al 30% de la venta de productos. Pero aunque la propuesta fue aprobada por una amplia mayoría de los diputados, en el caso del polémico artículo que establece que las investigaciones penales en los casos de colusión sólo se podrán iniciar una vez que se entregue y ejecute la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) y tras una querella formulada por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), fue rechazado por la Cámara.

El asunto es motivo de enfrentamiento hoy entre el Ministerio Público y el poder legislativo y se da en paralelo a otra disputa de competencia de la Fiscalía con el Servicio de Impuestos Internos por la exclusividad que se arroga esta instancia para la investigación de delitos económicos.

Ayer, en la formalización del exministro Pablo Longueira, la pugna quedó en evidencia cuando el abogado del SII se negó a alegar al no existir querella nominativa de la institución contra el personero de la UDI.

La FNE, según establece el proyecto, quedaría en una situación similar al SII en este ámbito.

EL OFICIO

En el escrito de Abbott, al que tuvo acceso The Clinic Online, el persecutor entrega sugerencias para la “regulación del inicio de la acción penal, sin despotenciar la herramienta de la delación compensada o al sistema de defensa de la libre competencia”.

Abbott plantea que sus propuestas permitirán “compatibilizar de mejor manera la nueva regulación” con los principios “de nuestra Carta Fundamental y las funciones, facultades y competencias conferidas al Ministerio Público, único organismo que podrá llevar a juicio y hacer exigibles, ante nuestros tribunales, las responsabilidades penales de aquellas personas naturales que hayan incurrido en conductas restrictivas de la competencia, en perjuicio de la ciudadanía”.

El punto es clave ya que figuras como el vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, han hecho hincapié en que la Constitución resguarda la labor de persecución del Ministerio Público.

En el documento, el Fiscal Nacional prosigue con que la condicionante del fallo del TDLC, cuyo fin es “evitar investigaciones paralelas y fortalecer la delación compensada”, trae “una serie de consecuencias prácticas que, por una parte, limitan las posibilidades de actuación del Ministerio Público, surgiendo la necesidad de compensar dichos costos si se desea que existan posibilidades reales de acreditar el delito que se pretende incorporar ante los tribunales con competencia en lo criminal”.

Por otra parte, argumente, el que ya exista este piso para iniciar la acción penal “vuelven innecesario el establecimiento de un nuevo requisito de procesabilidad que restringe aún más la acción del Ministerio Público ante la evidencia de hechos que revestirían el carácter de delito”.

En esta línea, califica de “injustificada” la restricción que implica la querella del Fiscal Nacional Económico “como segundo requisito de procesabilidad para la persecución de un delito de carácter extremadamente grave para nuestro sistema económico y con consecuencias tangibles para la ciudadanía en general, especialmente, para los sectores más vulnerables de la población”.

Al respecto, destaca que el que se haya planteado el hecho de que no todos los carteles deben ser perseguidos penalmente, pues podrían darse casos de “colusiones de bagatela”, que no ameritarían la imposición de una pena privativa de libertad, hace aún más necesaria la intervención del Ministerio Público.

Las propuestas de Abbott al respecto son:
1) Que se establezca la acción penal pública, con intervención forzosa de la FNE, incluyendo una norma de Suspensión Condicional del Procedimiento, de carácter especial, para colusiones menos graves.
Esto apuntaría, plantea a “garantizar de mejor manera la vigencia del principio de igualdad ante la ley para todos los ciudadanos” y a la vez permitirá durante la instancia administrativa “focalizar la actuación de la FNE”.

Así, según Abbott, se permitirá que las “dos agencias del Estado potencien la persecución administrativa y penal y de los cárteles duros y servirá como catalizador de una futura colaboración interinstitucional”. Agrega que “el establecimiento de una suspensión condicional del procedimiento permitirá que el Ministerio Público lleve a juicio oral sólo a aquellos carteles duros que inciden con mayor impacto en los mercados y en la vida económica de los ciudadanos”.

2) Acción penal pública, con intervención forzosa de la FNE con restricción del tipo penal para colusiones que afecten a mercados donde se transen bienes y servicios de primera necesidad. Ello “permitiría restringir la intervención penal a aquellas colusiones que afecten a mercados de mayor trascendencia en la vida económica de los consumidores”.

Junto con proponer un articulado para la modificación, Abbott promueve la obligación de la FNE de resguardar y conservar la evidencia recopilada en sede administrativa, para su posterior entrega al Ministerio Público y la opción de decretar “en cualquier estado del juicio o antes de su iniciación, y por el plazo que estime conveniente, todas las medidas cautelares que sean necesarias para impedir los efectos negativos de las conductas sometidas a su conocimiento y para resguardar el interés común” y para “resguardar las eventuales indemnizaciones” a los consumidores.

Consultado por este tema, el presidente de la Comisión Mixta de Hacienda, senador Pedro Araya, aseveró a The Clinic Online que el Ministerio Público participó en la discusión de la Comisión y que tuvo tiempo para plantear sus reparos. Sobre el asunto, apuntó a que “ningún cartel empresarial se ha desbaratado en el país por la acción del Ministerio Público porque se ha demostrado que lo más eficaz es perseverar en los beneficios de la delación compensada”.

Agregó que el artículo 64 no impide la acción de la Fiscalía, pero sí establece “un trabajo secuencial” que permite la indagatoria penal después de que se cumplan ciertos requisitos.

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