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Mundo

21 de Diciembre de 2018

Justicia mexicana suspende extradición de Raúl Escobar Poblete a Chile

La justicia mexicana acogió un recurso de amparo en favor de Raúl Escobar Poblete, el “comandante Emilio” del Frente Patriótico Manuel Rodríguez-Autónomo, con lo que se suspende el proceso de extradición en su contra al que había dado curso el gobierno mexicano, a petición del magistrado Mario Carroza, en la investigación por el asesinato del senador Jaime Guzmán.

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Los  abogados que representan a Escobar Poblete en México, país en el que reside desde el año 1997,  consiguieron un pronunciamiento a su favor en el Juzgado Séptimo de Distrito, de índole federal, el pasado  18 de diciembre. Según se lee en expediente 1052/2018, el tribunal admitió el Acuerdo de Amparo a favor del Raúl Escobar Poblete, “Comandante Emilio”, señalando en el primer párrafo “ADMISIÓN DE LA DEMANDA” que  “con fundamentos los artículos 103, 107 constitucionales, 1, 107, 112 y 115 de la Ley de Amparo, se admite la demanda promovida por Raúl Escobar Poblete, contra actos de la Secretaría de Relaciones Exteriores”.

Esta determinación, suspende de plano la orden de extradición y se le concede la medida cautelar a efecto de que no se ejecute materialmente la extradición en perjuicio del demandante, mientras no se entreguen pruebas y antecedentes que se han solicitado, para resolver la validez de la solicitud de extradición, según conoció The Clinic. De este modo, Escobar Poblete, quedó a disposición de ese Juzgado Federal solo por el hecho de mantenerse privado de libertad, desde el 16 de agosto de 2018, como imputado en  la causa penal 1P4217-43 por un caso de secuestros de la segunda región con sede en Valle de Santiago, Guanajuato. Es decir, continúa en prisión porque Escobar enfrenta un juicio en ese país por el secuestro de un matrimonio. Sin embargo, queda libre respecto de la extradición, mientras no se cumplan las exigencias planteadas por el tribunal para resolver sobre la solicitud chilena.

Dentro de los diversos puntos expuestos para conceder el amparo, se destaca que: “El acto reclamado viola el derecho de la quejosa (demandante) a la asistencia consular, derecho a la vida, libertad personal e integridad personal, derecho al debido proceso con relación a una defensa adecuada y tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia de las personas sujetas a un proceso de extradición; así como el derecho de asilo y el derecho a la seguridad jurídica por indebida fundamentación y motivación. Asimismo, incumple con su obligación de respetar y garantizar derechos humanos”. El órgano judicial azteca exhortó a la Procuraduría General de Justicia mexicana, así como también a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a entregar las pruebas y a contestar en un plazo de 24 horas, y dejó fijada la audiencia para resolver la materia para segunda semana de enero de 2019. Esto, independientemente, que Chile haya garantizado que Escobar Poblete no recibirá “la pena de muerte” ni tampoco “la prisión vitalicia” conforme a lo acordado en el tratado bilateral. Sin embargo, las condiciones por las cuales fueron extraídas las “confesiones” en el proceso por el caso de Jaime Guzmán son altamente cuestionables, según se lee en el expediente, y será uno de los temas a dilucidar por la justicia mexicana, antes de aceptar o rechazar la extradición de Escobar Poblete.  

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