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Opinión

18 de Enero de 2019

COLUMNA | Migración y Derechos Humanos

"(...)El Estado si bien puede ejercer su soberanía al determinar quienes ingresan y a quienes se expulsa debe hacerse con apego a los derechos humanos. A ello hay que agregar el trato discriminatorio que se les da a migrantes de una nacionalidad en relación con otros, cuestión que en la práctica refuerza y reproduce los prejuicios que existen en torno a la migración y que no tienen base de sustento", dice Lorena Fries en esta columna.

Lorena Fries
Lorena Fries
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Recientemente se aprobó en la Cámara de Diputados la Ley de Migración, un largo anhelo de las personas y organizaciones migrantes en el país. Ahora corresponde al Senado el debate del proyecto e introducir ajustes que la hagan compatible con las obligaciones internacionales que se derivan de la ratificación a la Convención sobre los Derechos Humanos de los Trabajadores Migrantes y sus Familias.

Cabe recordar que Chile es el único país de América Latina que no contaba con una ley marco que regulara y gestionara la migración, y que reconociera y garantizara el conjunto de derechos humanos que les cabe a las personas migrantes por el hecho de ser tales. Sin duda, estamos dando un paso relevante aunque varios de los aspectos de dicho proyecto atentan contra dichos derechos y pudieran hasta alentar el ingreso irregular de aquellos que vienen huyendo de crisis políticas, económicas o incluso de los efectos de catástrofes medioambientales. Y es que la migración que atrae a los extranjeros en Chile no sólo dice relación con las oportunidades que creen van a encontrar sino que con la imposibilidad de permanecer y sobrevivir en sus países de origen. Se trata en buena parte de personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad tal que están dispuestos a ingresar como puedan.

Esto nos lleva al primero de los problemas de la ley, la categoría migratoria. El proyecto tal como se aprobó impide que las personas que ingresen al país como turistas, puedan cambiar esta categoría una vez dentro. Se trata de una situación que considerando lo que el gobierno quiere, esto es una migración regulada, ordenada y regular, produce exactamente el efecto contrario. Bastante estudiado está que las restricciones como esta al rigidizar el cambio de categoría, niegan el ingreso a las personas migrantes ya que los obliga a salir del país para cambiar a otra categoría, no contando su mayoría con los medios para hacerlo. También se encuentra documentado que las visas consulares se prestan para fraudes y negocios que pueden llegar a la comisión de crímenes internacionales como la trata o el tráfico de migrantes. Un par de casos han circulado por la prensa y se encuentran en manos de la justicia. Pero, cierto es que el supuesto básico en materia de migración es la soberanía del Estado la que determina que las condiciones de ingreso y de estadía, así como las de expulsión, son prerrogativa de los Gobiernos. Por ello, al menos desde la óptica de derechos humanos es una pésima señal pero el gobierno puede hacerlo.

Un segundo problema es que ya durante el primer gobierno de Sebastián Piñera, el Comité de Naciones Unidas sobre Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familias había recomendado a Chile garantizar los mecanismos de acceso a recursos judiciales y administrativos que efectivamente garantizarán a las personas migrantes una defensa frente a una expulsión. En efecto, el plazo con que cuentan es exiguo y termina constituyéndose en un acto arbitrario que podría incluso llevar al Estado a un reproche por discriminación. Esto porque el Estado si bien puede ejercer su soberanía al determinar quienes ingresan y a quienes se expulsa debe hacerse con apego a los derechos humanos. A ello hay que agregar el trato discriminatorio que se les da a migrantes de una nacionalidad en relación con otros, cuestión que en la práctica refuerza y reproduce los prejuicios que existen en torno a la migración y que no tienen base de sustento.

Un último aspecto, aunque no debatido en la prensa en estos días, refiere a los derechos fundamentales que tienen las personas migrantes una vez que ingresan al territorio nacional. Estos no pueden depender de la condición de regularidad o irregularidad en que se encuentren, así como tampoco del tiempo de estadía que tengan. Salud, educación, vivienda y acceso a la justicia, además de otros derechos civiles son parte derechos básicos y forman parte del patrimonio de las personas que ingresan al país por el hecho de ser parte de la comunidad humana. Otra cosa es que estos derechos sean más amplios cuando los/las migrantes se encuentran en situación regular.

Es de esperar que en el Senado estas cuestiones puedan resolverse en un sano equilibrio entre el el derecho de los Estados a hacer valer el principio de soberanía, y aquella que aceptaron ceder para proteger los derechos humanos de todos y todas, sin discriminación de ninguna índole.  

Escribe: Lorena Fries Monleón, Presidenta Corporación Humanas*

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