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Nacional

25 de Agosto de 2022

Dirección del Trabajo destacó los derechos que tienen los votantes para el plebiscito: revisa 4 respuestas relevantes para la jornada

AGENCIA UNO

El organismo dio a conocer algunos de los puntos relevantes respecto al proceso de votación que se realizará el 4 de septiembre. Así, resolvieron dudas desde los alcances del feriado legal hasta los tiempos de descanso.

Por The Clinic

La Dirección del Trabajo (DT) se refirió a los alcances y derechos que tienen los ciudadanos para el próximo plebiscito de salida en torno a la propuesta de Constitución.

A través de un dictamen que divulgó El Diario Financiero la entidad dirigida por Pablo Zenteno Muñoz entregó los alcances que habría sobre el feriado legal establecido para la jornada.

En esa línea es que se describió cuáles serían los alcances y detalles respecto a cómo está considerado el día para los y las trabajadores.

Según detalló la Dirección del Trabajo, hay un largo grupo de personas que no están considerados dentro de este feriado legal para el plebiscito.

Entre ellos están todos quienes realizan trabajos destinados a reparar deterioros causados por fuerza mayor; labores que exijan continuidad por la naturaleza de sus procesos; labores que no puedan ejecutarse en estaciones o períodos determinados; trabajos impostergables por la buena marcha de la empresa; faenas portuarias; deportistas profesionales.

Junto a ellos también se encuentran los trabajadores que hagan actividades relacionadas al proceso eleccionario.

¿Cuánto tiempo tengo para ir a votar en el plebiscito?

Según detalló la DT, todos los trabajadores que pese al feriado legal deban trabajar, sí o sí tienen derecho a ser parte del proceso de elecciones.

Según aclararon, cada trabajador o trabajadora tiene al menos dos horas para poder ir a realizar su sufragio. Todo esto, adicionalmente, sin que les puedan reducir el sueldo o su remuneración. Asimismo, tampoco puede ser interrumpido por su empleador.

¿Y los trabajadores de mall?

Por otro lado, la Dirección del Trabajo también fue específica con respecto a los alcances del feriado legal para el plebiscito.

Así, señalaron que el descanso deberá comenzar a más tardar a las 21:00 horas del sábado 3 de septiembre. Es decir, que no pueden trabajar durante la jornada que dure el plebiscito quienes no tengan turno tal como corresponde en los feriados obligatorios.

¿Qué pueden hacer los vocales de mesa?

Con respecto a los vocales de mesa se remarcó que estos pueden ausentarse de sus labores todo el tiempo que sea necesario para realizar sus labores dentro del proceso eleccionario.

Es decir, que tienen una justificación para no realizar sus labores comunes.

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