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22 de Marzo de 2023Iniciativa que permite mamografías sin orden médica será ley: permitirá mejorar prevención de cáncer de mama
El proyecto de ley se aprobó por unanimidad en el Senado en su tercer trámite constitucional, quedando listo para ser promulgado por el Ejecutivo.
El Senado aprobó por unanimidad de votos el proyecto de ley que permitirá realizar el examen preventivo de la mamografía sin orden médica.
Tras ser aprobada en su tercer trámite constitucional, la iniciativa está lista para ser promulgada por el Ejecutivo.
La moción fue ingresada en octubre del 2022 por los senadores Juan Luis Castro, Loreto Carvajal, Claudia Pascual, Francisco Chahuán y Álvaro Elizalde con la finalidad de eximir “permanentemente, del requisito de orden médica para la realización del examen de mamografía”.
Esto debido al alto porcentaje de cáncer de mamas en las mujeres tanto a nivel mundial como en Chile. En ese sentido destacan que -según información del Ministerio de Salud (Minsal) entre el 2011 y 2020- “mil mujeres fallecen cada año por causa del cáncer de mamas, con un promedio de 40 nuevos casos por cada 100.000 mujeres cada año”.
En ese sentido desde el Senado destacan la importancia de las mamografías, en base a la Política Nacional del Cáncer, en la prevención precoz de la enfermedad. Desde el Minsal incluso recomiendan su realización al menos cada tres años; incluso en mujeres mayores de 40 -o hasta 30 años- es aconsejable una vez al año.
APROBADO✅| Sala del Senado aprobó proyecto que exime del requisito de orden médica a quienes soliciten la realización del examen preventivo de mamografía.
La aprobación de la iniciativa será comunicada al Ejecutivo para su promulgación.
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El texto aprobado de manera unánime, con 40 votos en el hemiciclo, indica que “la mamografía contenida en el Examen de Medicina Preventiva, y que fuere solicitada de acuerdo con la frecuencia establecida por el Ministerio de Salud, no requerirá de la orden médica respectiva para respaldar el otorgamiento del examen imagenológico”.
Además, los prestadores tendrán el deber de “informar a los beneficiarios su carácter gratuito”, y, “en caso de resultado alterado o que deba complementar con estudios adicionales”, el mismo prestador que tomó el examen estará obligado de informar al paciente.
Así, la iniciativa de ley final concluye que “la Superintendencia de Salud emitirá las instrucciones requeridas para dar fiel cumplimiento a lo dispuesto”.