
Política
13 de Enero de 2025Tras requerimiento republicano ante el TC sobre senadora Allende: la última vez que a un parlamentario se le buscó destituir del Congreso
Hugo Gutiérrez (PC) fue el último diputado al cual sus pares intentaron alcanzar su cesación en el cargo en 2020. Esa vez fueron diputados de Chile Vamos los que acudieron al Tribunal Constitucional (TC) para apelar a Gutiérrez de alterar el orden público, sosteniéndose, entre otras cosas, en imágenes compartidas por el parlamentario donde aparecía un dibujo de él "matando" al expresidente Piñera. Al artículo de la Constitución que se acudió en esa oportunidad es el mismo —aunque con incisos diferentes— por el que la senadora Isabel Allende está siendo presionada por el Partido Republicano, tras la fallida compra de la casa de su padre. La resolución de Gutiérrez tardó 6 meses en darse.
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Fue en septiembre de 2020 la fecha en que data la resolución del último requerimiento en que se le solicitó al Tribunal Constitucional (TC) la destitución de un parlamentario en ejercicio. Y este lunes, a poco más de cuatro años desde dicha acción, el TC recibió un escrito del Partido Republicano para la misma finalidad: cesar en su cargo a la senadora Isabel Allende (PS), por su condición de propietaria —y casi beneficiaria— de la casa de su padre, el expresidente Salvador Allende, inmueble que iba a ser adquirido por el Estado en una operación de $933 millones, pero que se vio frustrada tras el retroceso que hizo el propio Gobierno en la acción.
Aunque las situaciones son similares, la acusación de 2020 no guardó relación con celebraciones de contratos ni temas financieros, pese a que sí se supeditó al mismo artículo 60 de la Constitución de la República, mismo artículo en el cual se respaldan los republicanos en el escrito contra Allende. El apuntado por entonces era el diputado Hugo Gutiérrez (PC).
Al abogado, especializado en materia de derechos humanos, se le acusó de infringir el inciso 5 del artículo 60 de la Constitución. Este reza que cesará de sus funciones el parlamentario que “de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución (…), o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la Nación”. En sí, a Gutiérrez se le acusó de alterar el orden público.
Ello luego de que los parlamentarios, integrantes de Chile Vamos, expusieran que a través de diversas acciones, Gutiérrez habría vulnerado justamente ese inciso. Según los autores de la moción, el diputado comunista había atacado las atribuciones que la ley y la Constitución habrían brindaron a Carabineros.
Además, Gutiérrez había sido cuestionado también por una imagen que compartió de unos dibujos que se realizaron en una actividad de la que fue parte en diciembre de 2019. En uno de ellos aparece él dibujado disparando un arma que apuntaba hacia el entonces presidente Sebastián Piñera. La imagen compartida por el parlamentario fue cuestionada ampliamente.
Tradicional fiesta navideña de la familia Comunista en #Iquique, golosinas, regalos, dibujos y caritas pintadas… el viejo pascuero no pudo venir, está preso por andar encapuchado! pic.twitter.com/EzyYJLVSAJ
— Hugo Gutiérrez (@Hugo_Gutierrez_) December 26, 2019
Sumado a ello, sus pares congresistas señalaron por esa época que Gutiérrez apoyaba de forma “manifiesta” la toma de metros, las marchas no autorizadas y huelgas en lo que fue el desarrollo de la crisis social de octubre de 2019. “Desobediencia civil”, fue como lo denominaron. Ello, señalaban, generó una vulneración de los derechos fundamentales, puesto que en sus acciones se recaía en un desconocimiento de las facultades presidenciales y de las autoridades encargadas del resguardo del orden y la seguridad. Dichas acciones habrían sido llevadas a cabo por Twitter —hoy X—, según argumentaron.
Pese a la severidad de quienes eran oficialismo en esos años —Chile Vamos—, el TC desestimó la acción de los parlamentarios.
El tribunal —presidido por entonces por María Luisa Brahm, designada por el expresidente Sebastián Piñera— falló 7 votos contra uno a favor de Gutiérrez explicando que el inciso al que apelaron los autores debía interpretarse como una “conducta activa“, expresada mediante palabras o por escrito y mandatado a terceros para la comisión de un acto que altere el orden público.
Ese acto debía expresar la alteración grave a los derechos fundamentales de la población, cuestión que el TC no visualizó y que, por lo tanto, termino justificando su decisión de desestimar el requerimiento.
“Podríamos decir que la derecha corrió sola y salió segunda”, reaccionó Gutiérrez tras el fallo.
El debate actual en el caso de la senadora Allende, en todo caso, genera interpretaciones. Ello porque algunos acusan de que el contrato que se iba a concretar entre ella —y el resto de propietarios del inmueble de Guardia Vieja de Salvador Allende, entre los que se cuenta su sobrina, la ministra Maya Fernández (PS)— y el Estado no alcanzó a celebrarse, por lo que la cesación de su cargo como senadora no debería realizarse.

Lo anterior considerando que al inciso al que apelan los republicanos, el dos, establece que “cesará en el cargo el diputado o senador que durante su ejercicio celebrare o caucionare contratos con el Estado, o el que actuare como procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo (…)”.