
Política
6 de Febrero de 2025Los argumentos de la jueza para desestimar la denuncia contra el presidente Boric por divulgación de fotos íntimas
El mandatario fue sobreseído por esta causa originada en una denuncia que se dio a conocer hace cinco meses.
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Este jueves, el Juzgado de Garantía de Punta Arenas sobreseyó al presidente Gabriel Boric en una causa en la cual se le acusaba de haber divulgado las fotos íntimas que una mujer le compartió, una denuncia que golpeó al Ejecutivo hace ya cerca de cinco meses, en septiembre de 2024.
Pocas horas después, el Poder Judicial reveló los argumentos de la jueza Mónica Mancilla Barría, así como el video de la audiencia que inicialmente se dio en total reserva. De haberse confirmado que el mandatario había exhibido las imágenes sin consentimiento de la denunciante, arriesgaba una pena de prisión y multa de 5 a 10 UTM, además de presidio menor en su grado mínimo y una multa de 11 a 20 UTM de haberse comprobado que las envió a terceros.
“Conviene tener presente que el sobreseimiento definitivo constituye un equivalente jurisdiccional de una sentencia definitiva absolutoria, de modo que para su declaración, debe adquirirse por el tribunal la convicción –con un estándar de certeza– incluso más allá de toda duda razonable, en orden a que al imputado no le corresponde participación en una conducta que es típica y anti jurídica”, sostuvo la magistrada en la ocasión.
Así, la resolución acota que “nos enfrentamos a una investigación agotada en donde se realizaron todas las diligencias de investigación que se estimó pertinentes por el Ministerio Público, considerando su facultad exclusiva de dirigir la investigación penal”.
Como parte de las diligencias, la denunciante fue entrevistada dos veces, y en base a su testimonio se efectuaron las indagatorias.
“De los informes elaborados por la Policía de Investigaciones es posible encontrar que las fotografías en cuestión habrían sido remitidas por la denunciante a la casilla de correo electrónico de quien detenta hasta la fecha el rol de imputado en esta causa y que estas fotografías, a su vez, no habrían sido enviadas desde esta casilla de correo electrónico a terceros”, constata el fallo.
Además, agrega, “se pudo comprobar que las plataformas respecto de las cuales se aduce que se habrían incorporado estas fotografías tienen sistemas automatizados para la eliminación de aquellas que incumplan con sus políticas de divulgación”.
“El tribunal ha logrado adquirir convicción en el estándar que se ha señalado en relación a que quien figura como imputado en esta causa no le ha correspondido participación en el hecho por el que se siguió esta indagatoria”.
Sin embargo, la denuncia seguirá siendo investigada en una causa distinta, para descubrir por qué medio fueron difundidas las imágenes.
“Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 250, letra B del Código Procesal Penal, se decretan en estos antecedentes el sobreseimiento total y definitivo de don Gabriel Boric Font” en esta causa por divulgación de fotos íntimas, concluye.