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Agencia Uno - Referencial

Ciudad

25 de Julio de 2025

Quilicura deberá pagar millonaria indemnización a padres de niño que murió en piscina municipal en 2020

Según constató la justicia, en la piscina municipal no habían elemento de salvataje reglamentario ni marcas claras de la profundidad según el reglamento vigente.

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El Décimo Juzgado Civil de Santiago condenó a la Municipalidad de Quilicura a pagar una indemnización de $90 millones. Esto, por concepto de daño moral, a los padres de un menor de edad que murió ahogado en una escuela de verano. Dicho accidente ocurrió en la piscina municipal en enero de 2020.

En el fallo, la magistrada Karina Portugal acogió la acción tras establecer que el municipio incurrió en falta de servicio al permitir el acceso del menor a sector profundo. Sin contar con elementos de salvataje reglamentario ni marcas claras de profundidad de las piscinas del recinto.

En el fallo se plantea que al 24 de enero de 2020 las piscinas no contaban con los elementos de salvataje reglamentario ni marcas claras de profundidad según reglamento vigente. Tampoco había disponible y a la vista el reglamento de uso de piscina. También se advirtió que las tres piscinas del recinto no contaban con asideros perimetras. Es decir, barras o tubos de metal que se instalan a la orilla de los bordes de la piscina que permiten sujetarse a los bañistas.

Para el tribunal, “lo antes expuesto da cuenta de que al momento de ocurrir los hechos descritos en la demanda existían irregularidades en la piscina. Las cuales suponían una infracción al reglamento de funcionamiento de piscinas públicas. Infracciones que no necesariamente dicen relación en su totalidad con el resultado mortal de los hechos descritos en autos. Pero si dan cuenta de un servicio proporcionado en forma deficiente por la Municipalidad de Quilicura“.

El fallo sostiene que “si bien no se puede establecer cómo fue que exactamente (el menor) ingresó a la piscina más profunda (si ingreso voluntariamente, si cayó o si fue empujado por un tercero). Lo cierto es que éste ingresó en el agua sin que ninguna de las personas adultas a cargo se percatará de la situación y lo socorriera oportunamente”.

Junto con eso, se plantea que “los colegios que asistían a la actividad eran colegios municipales. Y que el organizador del evento era Departamento de Educación Municipal de la Municipalidad de Quilicura. Aparece que a lo menos existió un servicio prestado en forma deficiente, manifestado a través de una organización defectuosa del evento. Pues lo esperable, considerando la cantidad de niños que se iban a recibir, es que se contará con la totalidad de las medidas de seguridad que exigía el reglamento de uso de piscinas públicas. Así como con el personal suficiente y capacitado para vigilar y controlar a tal cantidad de niños y con tan disimiles edades”.

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