Ciudad
17 de Noviembre de 2025Justicia confirma multa de $3.800 millones a CGE por exceder límite de cortes de luz en once comunas de la región de O’Higgins
El tribunal rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la empresa contra la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. La multa se impuso por superar los límites del indicador SAIDI -duración promedio de las interrupciones del suministro eléctrico-, lo que afectó a más de un 36% de los usuarios en la zona.
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Este lunes, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Compañía General de Electricidad S.A (CGE) en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que le aplicó una multa de 55.000 UTM, equivalentes a más de 3,8 mil millones, por incumplir los estándares de calidad del suministro eléctrico en 11 comunas de la Región de O’Higgins.
Ante el fallo inicial, la CGE alegó falta de motivación, desproporcionalidad de la sanción y vulneración del principio in dubio pro administrado, que significa que en caso de dudas, se debe resolver a favor del ciudadano o administrado.
Mientras tanto, la SEC sostuvo que la sanción se ajusto a derecho, puesto que en 2022, la CGE superó los límites máximos del indicador SAIDI, que es la duración promedio de las interrupciones del suministro eléctrico, lo que afectó a más de un 36% de los usuarios de la zona.
Tribunal confirma millonaria multa a la Compañía General de Electricidad
La Corte de Apelaciones desestimó los argumentos de la empresa, ya que la infracción se encuentra acreditada gracias a los propios antecedentes que aportó la CGE para la investigación. Asimismo, el tribunal consideró que la multa de 3,8 mil millones no resulta desproporcionada debido a la gravedad de la situación y el alto porcentaje de usuarios afectados por los cortes de luz.
El fallo estipula que “no se advierte cómo se habría afectado el principio de proporcionalidad, pues tratándose una infracción respecto de la que es posible aplicar una multa de hasta 120.000 UTM, y habiéndose constatado que las interrupciones afectaron al 36,84% de los usuarios abastecidos por la empresa en la Región Libertador General Bernardo O’Higgins, la aplicación de una multa de 55.000 UTM se encuadra dentro de los márgenes legales y obedece a la ponderación de los factores a los que se ha hecho referencia”.
En consecuencia, la Corte de Apelaciones concluyó que la infracción interpuesta por la SEC se ajusta al ordenamiento jurídico, por lo que el tribunal rechazó el reclamo de ilegalidad de la Compañía General de Electricidad.



