Ciudad
24 de Noviembre de 2025Corte de Apelaciones rechaza recurso de amparo de reos de Punta Peuco que buscaba frenar trabajos para transformar el penal en recinto común
Los reos alegaban que se había eliminado el huerto y otros espacios del penal, lo que pedían fuera considerado "vulneración de los derechos fundamentales". Desde Gendarmería apelaron a que los cambios respondían a mejorar y ampliar la infraestructura del recinto, lo que finalmente fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago.
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Tras conocerse que el Gobierno transformaría el penal de Punta Peuco en uno común, permitiendo así el ingreso de otros reos al recinto, quienes se encuentran presos manifestaron su negativa a la medida.
Es así que los 141 internos presentaron un recurso de amparo en contra de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería, y en esta ocasión la Corte de Apelaciones rechazó la resolución que hacía referencia a los trabajos realizados en la unidad penal para transformarla en una cárcel común.
Según alegan, el 13 de octubre de este año se habría eliminado un huerto y una única cancha de cemento, plana y con luz solar, del penal, lo que les permitía tomar vitamina D.
“La pérdida de dicho espacio ha restringido severamente su posibilidad de actividad física y exposición al sol, afectando con particular intensidad a quienes residen en los módulos 5 y 6, ubicados en conteiner sin acceso a patios abiertos, lo que describe como un encierro equivalente a un régimen de aislamiento encubierto”, lee el amparo presentado por la abogada Carla Fernández Montero.
“Estas decisiones constituyen actos arbitrarios e ilegales que agravan las condiciones de cumplimiento de pena, vulnerando el derecho a la libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución, así como principios que impiden que la pena trascienda a un mayor sufrimiento no previsto por el legislador”, argumentó, razón por las que la abogada solicitó que se declare la “vulneración de los derechos fundamentales”.

La respuesta de Gendarmería y el portazo de la Corte de Apelaciones
Sin embargo, la Corte de Apelaciones desestimó el recurso de amparo. El abogado Héctor Sepúlveda Higuera, representante de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería, argumentó, respecto al fondo, que el recinto ya no es un “penal especial”.
“Las obras ejecutadas responden a instrucciones del Ministerio de Justicia destinadas a mejorar y ampliar la infraestructura del recinto. Explica que solo una de las dos canchas de tenis fue intervenida para la construcción de un galpón de visitas, permaneciendo la otra completamente operativa”.
Agrega que “subsisten otros espacios de esparcimiento -como el sector de rayuela, bocha y toldos- sumando más de 200 m² disponibles para caminar, tomar sol o realizar ejercicio. Indica además que el penal cuenta con un box kinésico equipado con implementos terapéuticos, así como bicicletas estáticas y elípticas instaladas en los módulos”.
Respecto del huerto, se informa que “se encontraba totalmente abandonado desde hace cerca de dos años por falta de participación de los internos, en su mayoría eximidos de trabajo por razones de edad”.
Añade que “los pasillos de la unidad tienen un ancho adecuado, están en buen estado, y que los internos con movilidad reducida son controlados por el área de kinesiología. Sobre la supuesta privación de vitamina D, sostiene que ningún interno tiene indicación médica de suplementación, que existen espacios donde pueden tomar sol y que, en caso necesario, la vitamina puede ser administrada mediante dieta o
fármacos”.
Precisa además que “los módulos 5 y 6 cuentan con patios internos donde los internos pueden recibir luz solar, sin que existan intervenciones proyectada en dichos lugares. Finalmente, concluye que ha actuado dentro de sus facultades legales y reglamentarias, sin arbitrariedad ni discriminación, y procurando mejorar las condiciones del penal mediante obras regulares, manteniendo áreas de recreación, atención de salud y alimentación adecuada”.
En su fallo, la Corte de Apelaciones de Santiago consideró que no se divisa ilegalidad en el proceder de Gendarmería, dado que “la nueva construcción tiene por objeto mejorar la atención de visitas de los familiares a los internos”.
Y que no se considera “un trato cruel o degradante hacia los internos, o vulnere normas de tratados internacionales”.
“En consecuencia, el recurso de amparo debe ser rechazado, al no concurrir en la especie los supuestos fácticos y normativos que lo hacen procedente”, concluyó.



