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5 de Enero de 2026

Justicia confirma multa a concejalas PC de Ñuñoa: Alejandra Valle y Mireya del Río viajaron a Viña del Mar y Osorno sin hacer registro por ley de lobby

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso presentado por las concejalas de Ñuñoa Alejandra Valle (PC) y Mireya del Río (PC) contra la Contraloría General de la República, que las sancionó con una multa de 10 UTM por no registrar oportunamente viajes oficiales en la plataforma de la Ley del Lobby.

Por Agustina Carroza
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Este lunes 5 de enero la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso presentado por Alejandra Valle (PC) y Mireya del Río (PC). Las concejalas fueron denunciadas el 31 de enero de 2024 –por el diputado Carlos Meza Pereira– por la falta de registro de los viajes en la plataforma de la Ley del Lobby. Los cargos se vinculan con dos viajes oficiales. El primero, entre los días 14 y 15 de julio de 2022, correspondiente a la Asamblea General de Municipalidades 2022 realizada en la ciudad de Viña del Mar. El segundo, entre los días 7 y 11 de noviembre de 2022, correspondiente al Encuentro Nacional de Concejales realizado en la ciudad de Osorno; ambos viajes fueron financiados por la Municipalidad y debidamente rendidos ante la Dirección de Finanzas.

Las concejalas argumentaron que aunque Ley N°20.730 dispone que por su rol de agente pasivo, deben registrar los viajes, la misma ley –en otro de sus artículos– contempla excepciones, entre ellas las referidas a actividades o asambleas públicas propias del ejercicio de sus funciones y a las actuaciones de los sujetos pasivos en el ejercicio de sus funciones.

La defensa de Alejandra Valle y Mireya del Río

En este caso, Alejandra Valle y Mireya del Río defendieron que los viajes por los que fueron acusadas están dentro de las excepciones ya que se trataban de actividades protocolares de carácter público y de representación oficial, sin gestión de intereses particulares ni intervención de terceros.

Dentro del reclamo, acusaron que la Contraloría interpretó erróneamente la norma, al argumentar que las actividades en cuestión no corresponden con gestiones de lobby o un interés privado, sino con actos propios del trabajo en terreno de representación municipal. A lo que suman que los gastos fueron solventados por la Municipalidad, rendidos conforme a la normativa, y que no existió beneficio personal ni ánimo de ocultar información.

Una vez recibida la observación de la Contraloría, procedieron el 22 de abril de 2024 a registrar los dos viajes en la plataforma correspondiente, con intención de demostrar que “no hubo dolo ni intención de eludir la ley, sino una diferencia interpretativa de buena fe, estimando improcedente la sanción y, subsidiariamente, desproporcionado su monto”. Esto porque la multa de 10 UTM, equivalente a $687.850 a la fecha del reclamo, representa más de la mitad de la remuneración mensual bruta de un concejal (15 UTM – $1.031.775), siendo considerada como excesiva y no proporcional.

El tribunal concluyó que Alejandra Valle y Mireya del Río incumplieron el deber legal de registrar viajes realizados en el ejercicio de sus funciones a Viña del Mar y Osorno, financiados con fondos municipales, y que dichas actividades no estaban cubiertas por las excepciones legales. La Corte estimó que la sanción corresponde al mínimo legal, es proporcional y ajustada a derecho, desestimando además la posibilidad de pago en cuotas, y condenó a las recurrentes al pago de costas

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