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16 de Febrero de 2026Desde abril parte segunda etapa de la Ley de 40 horas: revisa cuánto bajará la jornada y cómo debe ser aplicada
Como parte de la reducción progresiva la jornada laboral a 40 horas semanales, este 26 de abril entra en vigencia el nuevo máximo legal de 42 horas. Cambio que obliga a las empresas a reorganizar turnos para cumplir con la nueva normativa.
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Como parte del cronograma de la Ley 21.561, también conocida como Ley de 40 horas que busca reducir -de forma gradual- la jornada laboral de 45 horas, este 26 de abril se va a implementar la segunda etapa de su aplicación llegando a las 42.
El 26 de abril de 2026 comenzará a regir el nuevo máximo legal de 42 horas de trabajo a la semana como parte de la normativa que establece una reducción gradual desde las 45 horas originales. Hace dos años entró en vigencia la ley con el primer ajuste en abril del 2024, que bajó la jornada a 44 horas. Este año se aplica el segundo cambio y para el año 2028 se espera alcanzar las 40 horas semanales.
La Dirección del Trabajo (DT) es la encargada de supervisar el cumplimiento de la normativa. Cualquier contrato que mantenga una jornada superior al máximo legal deberá ajustarse a la ley una vez que entre en vigencia el nuevo límite.
Entre las consideraciones que hay que tener, se debe tener en cuenta que la reducción de jornada que permite la Ley de las 40 horas está pensada solamente para aquellos contratados bajo el Código del Trabajo, no para todos los trabajadores.
Además, con la reducción de la jornada laboral no se pueden bajar los salarios, de lo contrario sería una ilegalidad.
Los próximos pasos y la fiscalización
A través de su página web la Dirección del Trabajo ha informado que, “La reducción horaria deberá efectuarse de común acuerdo entre las partes o a través de las organizaciones sindicales, si las hubiese, en representación de sus afilados, señalando la propia ley que, a falta de dicho acuerdo, el empleador deberá efectuar la adecuación de la jornada reduciendo su término en forma proporcional entre los distintos días de trabajo”.
De esta forma, se establece que el ajuste de horarios se debe establecer a través de un acuerdo entre empleador-sindicato o empleador-trabajador, cambio que debe ser proporcional a los días de trabajo. Por ejemplo para la primera reducción a las 44 horas, la DT hizo la siguiente recomendación: “Tratándose de una jornada de lunes a viernes, el 26 de abril de 2024 el empleador deberá reducir al menos una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal”.
En cuanto a la Ley de 40 horas, esta reconoce también el derecho para trabajadores que son madres, padres o cuidadores de niños de hasta 12 años, quienes pueden adecuar la jornada laboral con bandas horarias en las que podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, lo que determinará también el horario de salida al final de la jornada.
En esta ocasión, el paso a 42 horas obligará a las compañías a reorganizar turnos, redistribuir tareas y revisar estructuras de costos. Para revisar cómo funciona la normativa en casos específicos, se puede consultar la información oficial disponible en ChileAtiende a través del link.



