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24 de Febrero de 2026Rechazan demanda de reo de Punta Peuco que se contagió de Covid en el penal y fue dado por muerto: Esposa pedía $130 millones por gastos médicos y daño moral
La familia de Luis Enrique Campos, exintegrante del Servicio de Inteligencia de la FACH condenado en diversas ocasiones por el secuestro y homicidio de José Luis Baeza en 1974, demandó al fisco luego de que el recluso, que cumple larga condena en Punta Peuco, se contagiara de Covid-19 en el penal. La demanda exige una indemnización de $36 millones por gastos médicos y $100 millones por daño moral, ya que se filtró que había muerto, lo cual terminó siendo impreciso. El Tribunal en primera instancia rechazó la demanda por falta de pruebas, y ahora la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo que rechazó la solicitud.
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La Corte de Apelaciones de Santiago cerró una disputa legal de cinco años entre el fisco y un oficial (r) de la Fuerza Área de Chile que cumple condena por violación a los Derechos Humanos en el Penal de Punta Peuco, y le dio un portazo a la familia rechazando una demanda interpuesta por la esposa del recluso.
Se trata del caso de Luis Enrique Campos Poblete, exintegrante del Servicio de Inteligencia de la FACH, condenado en diferentes ocasiones, la última en 2024 a 17 años de prisión, por el secuestro y asesinato de José Luis Baeza, ingeniero de 41 años, víctima de desaparición forzada en 1974 por agentes del organismo mencionado.
La demanda de Campos Poblete, presentada por su María Eugenia Jara Espinoza, reclamaba por una indemnización que superaba los $135 millones, acusando negligencia en tratos contra el condenado luego de que se contagiara de Covid-19 dentro del penal en 2021.
“Gendarmería lo trasladó de urgencia y por iniciativa propia al Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile General Dr. Raúl Yazigi J, ya que se encontraba en estado de gravedad. Refiere que tan mal estaba su cónyuge que incluso lo habrían dado por muerto, apareciendo su nombre publicado en un obituario, por lo que personas de todo Chile la habrían llamado para darle sus condolencias. No obstante, lo cierto era que el sr. Campos se encontraba gravemente enfermo y desahuciado en la UCI del Hospital referido”, reclama la demandante en el fallo.
Cuando fue dado de alta, Campos Poblete estaba a disposición de volver a Punta Peuco, sin embargo, Gendarmería desestimó su reingreso ya que no tenían las condiciones médicas básicas para recibirlo. Así, fue derivado al Hospital Institucional de Gendarmería.
La familia reclama que el condenado recibió una cuenta de gastos médicos que superó los $35 millones de pesos. Por lo mismo, reclamaron por una indemnización, y además un pago por daño moral, lo que fue desestimado.
El reclamo de la familia del reo de Punta Peuco
En la demanda rechazada, la familia de Luis Campos advirtió que es el fisco el encargado de cuidar a los internos penitenciarios. En ese sentido “atribuye responsabilidad a la demandada por no haber procedido con el cuidado debido, al no dar al enfermo una atención oportuna y por haber elegido un hospital determinado“.
Y agrega: “Al no haber tenido la posibilidad de elegir el hospital, debería ser el Fisco el que se haga cargo de los gastos generados”.
Por esto, la demandante exigió el pago de la suma de $36.424.612, por gastos de hospitalización, más $100.000.000 por concepto de daño moral”.
El fallo en primera instancia revela que el Tribunal desestimó las acusaciones. “Se ha forjado la convicción de que la parte demandante no probó en este juicio que Gendarmería haya actuado en forma deficiente. Tampoco que haya elegido inconsultamente el hospital hasta donde fue conducido el recluso”, advierte.
Además, dice sobre el daño moral: “El daño moral tampoco fue acreditado suficientemente. Lo anterior no se desvirtúa con el tenor de las publicaciones allegadas al proceso, dando cuenta de la defunción de su marido, primero porque el hecho no era cierto, y segundo porque no consta de ninguna manera que Gendarmería tenga alguna responsabilidad en la filtración”.
Así, el primer fallo remarcó “que se rechaza la demanda, sin costas”. Ahora, la Corte de Apelaciones reafirmó esta decisión, dando un nuevo portazo a los reclamos del reo condenado por violación a los Derechos Humanos.



