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Foto: Agencia Uno.

Ciudad

3 de Junio de 2026

Abogada presentó escrito generado con inteligencia artificial: Corte Suprema la multó y la inhabilitó de ejercer por un mes

La profesional incorporó en un escrito de casación referencias doctrinarias inexistentes, atribuidas a reconocidos juristas. Pese a que aludió a un "error involuntario", el máximo tribunal la sancionó tras estimar que hubo una "falta de profesionalidad".

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Un abogado elevó a la Corte Suprema una situación que se presentó luego de que su contraparte presentara un escrito de casación elaborado con inteligencia artificial.

Y es que en el escrito la profesional invocó citas doctrinarias para apoyar su postura, donde se acuña una de Juan Andrés Orrego Acuña, indicando que está contenida en su “Tratado de Protección al Consumidor, 2023” y dos de Jean Pierre Matus, contenidas en su obra “Responsabilidad Civil y Consumo, 2021”.

Pero el abogado al manifestar sus dudas sobre la autenticidad de las citas, solicitó a su contraparte, quien suscribe el escrito, aclarar las fuentes, tras lo cual la profesional habría reconocido que hubo un error.

Luego se habría verificado que dichas citas eran inexistentes porque fueron generadas por un chat de inteligencia artificial.

La abogada, por su parte, aseguró que en la elaboración del escrito “pudieron haberse incorporado inexactitudes materiales de transcripción o individualización respecto de algunas referencias doctrinarias allí mencionadas“.

Pero enfatiza que “tal circunstancia no obedeció a intención alguna de inducir a error a esta Excma. Corte, ni a propósito de atribuir indebidamente a autor determinado una formulación doctrinaria que no le correspondiera, sino a un error no doloso de elaboración del escrito”.

Corte cuestiona que hubo “falta de profesionalidad”

Sin embargo, en la resolución de la Corte Suprema, se lee que el actuar de la abogada es demostrativo de “falta de profesionalidad”, y que “resulta contraria a la rectitud y corrección elemental que deben observar los abogados en su desempeño ante los tribunales de justicia, en términos que deben ser desestimadas sus explicaciones de tratarse de un ‘error involuntario'”.

“En efecto, en casos como éste la buena fe se traduce en el deber que tiene la parte en orden a verificar la efectividad de la información que aporta al tribunal, lo que no hizo”, agrega el máximo tribunal.

Es por ello que se dictaminó aplicar dos medidas disciplinarias contra la abogada: la suspensión del ejercicio de la profesión por un mes, además de una multa de 5 UTM.

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