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6 de Julio de 2026Ministerio del Deporte contestó al Sernac por conciertos de BTS: reiteran que nunca se solicitó el Estadio Nacional para los shows
En el oficio enviado por la ministra Natalia Duco al Sernac, la autoridad pidió conocer si el organismo ha iniciado procesos de monitoreo, fiscalización u otras actuaciones administrativas relacionadas con el evento "con el fin de velar por el resguardo de la administración del patrimonio público".
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El Ministerio del Deporte contestó al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) con respecto a la polémica en torno a los conciertos que la banda BTS tiene programados en el Estadio Nacional y que, al momento, se mantienen en suspenso.
A comienzos de la semana pasada, The Clinic informó que los esperados conciertos de la banda estaban en suspenso debido a los requerimientos técnicos del recital, específicamente con respecto al escenario 360° que se debe instalar en la cancha del estadio.
Según fuentes ligadas a la organización del evento, el montaje del escenario podía producir daños que entorpecerían los eventos deportivos en el Estadio Nacional, como un partido de la Selección Chilena, los encuentros de Universidad de Chile por el Campeonato Nacional, e incluso la Teletón (por el montaje y desmontaje).
La respuesta de la ministra Duco
En el oficio enviado por la ministra Natalia Duco al Sernac, reitera que a la fecha de sus consultas, “no existían solicitudes formales, reservas, prerreservas, contratos, convenios, actos administrativos ni autorizaciones administrativas vigentes para la realización de dichos conciertos en Estadio Nacional“.
Junto con eso, Duco pidió conocer si el organismo ha iniciado procesos de monitoreo, fiscalización u otras actuaciones administrativas relacionadas con el evento “con el fin de velar por el resguardo de la administración del patrimonio público”.
Con respecto a lo anterior, la autoridad pidió que se detalle “la cantidad de reclamos o denuncias recibidas por el Servicio relacionados con este evento, indicando las principales materias reclamadas. Por último, si, en el marco de dichas actuaciones, ese Servicio ha requerido antecedentes
directamente a la empresa organizadora o a las empresas responsables de la comercialización de entradas”.
“Lo anterior, se requiere el ámbito del deber de coordinación y colaboración entre reparticiones públicas,
con el fin que este Ministerio del Deporte cuente con antecedentes concretos que permitan el ejercicio adecuado de sus propias facultades de supervigilancia, conforme lo dispuesto en la ley N° 19.712 del Deporte y ley N° 20.686 que crea esta Cartera de Estado”, finaliza el oficio.