Ciudad
14 de Julio de 2026Nuevo revés para Canal 13: Corte rechaza otra vez su intento para permitir que periodistas y técnicos trabajen durante huelgas por ser “servicios mínimos”
La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de nulidad presentado por Canal 13 y mantuvo el rechazo a su solicitud de calificación de servicios mínimos, en un conflicto iniciado en 2023 y que ya había sido rechazado en instancias administrativas y judiciales.
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este lunes el recurso de nulidad interpuesto por Canal 13 en contra de la Dirección del Trabajo, por haberles negado la calificación de servicios mínimos. La solicitud fue rechazada en dos instancias administrativas por la Dirección Regional y la Dirección Nacional del Trabajo y en dos instancias judiciales, en el Juzgado Laboral y la Corte de Apelaciones de Santiago.
En una primera instancia, Canal 13 había hecho una solicitud a la Dirección del Trabajo para que ciertos cargos, como operadores de emisión, operador de sala máster, periodistas y productores informativos, editores periodísticos, directores de programas, entre otros, calificaran como “servicios mínimos y equipos de emergencia”, es decir, personal que debe seguir trabajando aun si el resto de los trabajadores ejerce el derecho a huelga.
Este proceso empezó en 2023, cuando el canal hizo el requerimiento. La Dirección del Trabajo solicitó un informe técnico al Consejo Nacional de Televisión, quien concluyó que la calificación de servicios mínimos no es estrictamente necesaria, ya que existen otras alternativas para evitar el posible daño que el ejercicio de la huelga podría generar, y que el CNTV podría autorizar caso a caso la interrupción de transmisiones por huelga. Asimismo, los trabajadores del Sindicato Nacional de Trabajadores de Canal 13 manifestaron su total disconformidad con la solicitud de la empresa.
La pelea del canal
Así, fue como se rechazó por primera vez el requerimiento por la Dirección Regional del Trabajo. El argumento central del rechazo, el cual se sostuvo en todas las instancias, fue que la concesión no constituye a un “bien corporal” sino un derecho, y que su servicio no es “estrictamente necesario”, ya que la población dispone de otros canales para informarse, por lo que no se cumplían los requisitos que exige la ley.
Luego de eso, Canal 13 interpuso un recurso jerárquico ante el Director Nacional del Trabajo, en contra de la resolución regional. Esto fue rechazado y se confirmó lo resuelto por la Dirección Regional.
Posteriormente, Canal 13 presentó una reclamación judicial ante el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, solicitando que se deje sin efecto la resolución y que se le reconozcan los servicios mínimos que pedía el canal originalmente. Por tercera vez, el reclamo fue rechazado en todas sus partes, por los mismos argumentos.
Por último, Canal 13 presenta un recurso de nulidad contra la sentencia, la cual fue rechazada con costas, explicando que es una causa mal interpuesta, ya que se pretendía una relectura de la prueba, lo que es inadmisible en sede de nulidad.
“Que a mayor abundamiento, incluso pasando por alto la relectura que pretende directamente de la prueba rendida, lo cierto es que el recurso aborda en su postulado un cuestionamiento jurídico a los conceptos y definiciones de índole legal plasmadas en el fallo, lo que vuelve a evidenciar que no se busca modificar el juicio probatorio de la decisión”, se lee en el fallo.
“Que, como corolario de lo expuesto, sólo resta desestimar el arbitrio en cuestión”, concluye.



