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Foto: Sebastián Beltrán / Agencia Uno.

Ciudad

21 de Julio de 2026

Corte critica proyecto de ley presentado por senadores que busca sancionar denuncias laborales falsas: “presenta una nomenclatura confusa y contradictoria”

El máximo tribunal criticó la iniciativa parlamentaria por inconsistencias conceptuales y fallas de diseño procesal, y advirtió que podría afectar la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia en materia laboral.

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A través de un informe, la Corte Suprema posiciona al proyecto de manera desfavorable en materia laboral, argumentando que el proyecto tiene fallas de redacción y de diseño procesal que, a juicio del máximo tribunal, comprometen su aplicación.

El proyecto fue iniciado por moción parlamentaria, presentado el 20 de mayo de este año por Karim Bianchi (IND), Miguel Ángel Calisto (IND), Maria José Gatica (RN), Vanessa Káiser (PNL) y Enrique Lee (IND).  Actualmente se encuentra en primer trámite constitucional sin urgencia para su tramitación. Busca corregir lo que los parlamentarios catalogaron como “uso abusivo de las herramientas procesales laborales” es decir, el uso de denuncias por acoso o vulneración de derechos como escudo frente a despidos por bajo desempeño, o como herramienta de presión económica contra empresas, especialmente pymes.

En la presentación de la iniciativa, los senadores argumentan que hay un aumento exponencial en el uso de la denuncia por acoso laboral, bajo Ley Karin.

Según los legisladores, esta práctica congestiona los tribunales, y estigmatiza a las jefaturas y equipos de trabajo. “Esta reforma no busca desincentivar la denuncia legítima. Al contrario, al limpiar el sistema de denuncias instrumentales, se garantiza que los recursos judiciales se concentren en las verdaderas víctimas”, se lee en la presentación del proyecto.

En la iniciativa se argumenta que el sistema actual genera un “incentivo perverso” donde la inversión de la carga de la prueba y la técnica de los indicios en los procedimientos de tutela laboral facilitarían que se construyan relatos fácticos artificiales, difíciles de desvirtuar para los demandados. Esto, deriva en que se hagan condenas basadas en presunciones sin sustento real.

Entre los objetivos del proyecto de ley está eliminar la impunidad de quien denuncia falsamente a sabiendas y enfocar el sistema en las víctimas reales. 

La postura de la Corte Suprema

El Pleno de la Corte Suprema encontró varios problemas específicos del proyecto de ley. En primer lugar, se encontró una nomenclatura inconsistente, ya que el proyecto usa indistintamente los términos “falsedad”, “temeridad”, “malicia” y “calumnia”, y no los define de forma uniforme. Además, se menciona la figura de la querella, la cual no existe en el ámbito procesal laboral chileno.

También se encontró una contradicción en el estándar para sancionar. Uno de los artículos exige probar que el demandante actuó con conocimiento de la falsedad o negligencia grave -criterio subjetivo-, mientras que otro permite la declaración de falsedad solo con que la demanda haya sido rechazada por falta de prueba -criterio objetivo-. Según la Corte, es “inadecuada la utilización del criterio objetivo, pues a los demandantes se los haría responsables de ejercer de buena fe un derecho fundamental, debilitando sobremanera el derecho a tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia”.

Por otra parte, el criterio objetivo “permite sancionar el ejercicio abusivo del derecho de acción sin desalentar el acceso legítimo a la jurisdicción”.

Por último, según la Corte, la iniciativa presenta graves errores de diseño procesal. El proyecto propone tramitar la declaración como “incidente de previo y especial pronunciamiento”, figura pensada para cuestiones accesorias dentro de un juicio en curso, cuando en realidad se trataría de un asunto nuevo que surge después de que la sentencia ya está firme. También cuestiona el uso alternativo del “juicio monitorio”, procedimiento reservado históricamente para causas de baja cuantía y escasa controversia, incompatible con los efectos penales y patrimoniales que contempla la iniciativa.

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