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3 de Agosto de 2026¿Existe una edad límite para manejar en Chile? El debate entre la autonomía y la seguridad vial
La edad límite para manejar en Chile no está definida por un número rígido en la ley, sino por el estado de salud y los exámenes psicotécnicos. A medida que América Latina debate restricciones, la medicina y la ley exponen los desafíos tras el volante.
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Al girar la llave del encendido a sus 78 años, Don Héctor Silva, residente de Providencia en Santiago, no piensa en estadísticas de siniestralidad vial ni en la reducción de sus tiempos de respuesta. Piensa en su autonomía personal: ir a la farmacia, visitar a sus nietos y mantener el ritmo de una vida sobre cuatro ruedas. Sin embargo, en su última evaluación en la Dirección de Tránsito municipal, se le otorgó una vigencia de solo dos años en lugar de los seis habituales, sujeta a controles periódicos de agudeza visual y coordinación psicomotriz.
La edad límite para manejar en Chile no existe como un número fijo e impositivo en la legislación nacional, ya que la Ley N° 18.290 de Tránsito condiciona la vigencia de la licencia exclusivamente a la aprobación de los exámenes médicos y prácticos. A diferencia de países que imponen prohibiciones categóricas al cumplir 80 años, el sistema chileno faculta a los gabinetes municipales a acortar los plazos de renovación a partir de los 65 años para evaluar periódicamente las capacidades biológicas del conductor.
¿Cuál es la edad límite para manejar en Chile y qué establece la ley?
En el marco legal chileno, la Ley N° 18.290 de Tránsito no fija una edad máxima para obtener o mantener un permiso de conducir. Cualquier ciudadano conserva el derecho a manejar un vehículo automotor mientras cumpla con los requisitos psicotécnicos, prácticos y médicos en la municipalidad correspondiente.
No obstante, la norma chilena faculta a las municipalidades para reducir la vigencia habitual de seis años a períodos de tres, dos o un año cuando el solicitante supera los 65 años o presenta patologías de cuidado. Además, la normativa autoriza a exigir exámenes médicos complementarios o certificados emitidos por especialistas como neurólogos o cardiólogos cuando se detecten condiciones de salud sospechosas. Asimismo, si un médico tratante o familiar detecta una incapacidad física o cognitiva sobreviniente en el conductor, la Ley de Tránsito contempla mecanismos para solicitar la cancelación o suspensión del permiso ante los Juzgados de Policía Local.
Por otra parte, mientras en el Congreso Nacional se han presentado iniciativas para simplificar los trámites de renovación en la tercera edad y reducir la carga burocrática municipal, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones sostiene la vigencia de las revisiones acotadas. El objetivo central es evitar que patologías degenerativas silenciosas comprometan la seguridad vial de peatones y automovilistas.

El panorama en América Latina: prohibiciones estrictas versus controles médicos
El tratamiento legal del conductor de edad avanzada muestra aproximaciones divergentes en los países de la región:
- Perú: Es el caso más restrictivo de América Latina. De acuerdo con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de Perú, los conductores operan sin restricciones hasta los 70 años; desde los 75 deben someterse a controles médicos obligatorios cada dos años, y al cumplir los 80 años la ley prohíbe de manera absoluta la renovación de la licencia de conducir, independientemente del estado de salud que acredite el ciudadano.
- Colombia: Según datos del Ministerio de Transporte de Colombia, las licencias particulares se renuevan cada diez años para menores de 60 años, cada cinco años entre los 60 y 80 años, y de forma anual obligatoria para los mayores de 80 años tras certificar la aptitud médica en el sistema RUNT.
- Argentina: De acuerdo con la Ley Nacional de Tránsito de Argentina, no existe un límite de edad máximo absoluto para conducir, aunque a partir de los 70 años la renovación pasa a ser anual y requiere aprobar exámenes psicofísicos.
- México: La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial de México no contempla un límite de edad para tramitar o renovar la licencia de conducir, manteniendo trámites estandarizados sin barreras biológicas predeterminadas.
¿Qué dice la evidencia médica sobre la conducción en la tercera edad?
Más allá de las disposiciones administrativas, la literatura médica documenta que el envejecimiento genera cambios fisiológicos que inciden de forma directa en las capacidades requeridas al volante. De acuerdo con información de los Institutos Nacionales de la Salud de Estados Unidos (NIH), con la edad disminuyen la agudeza visual, el campo de visión periférica y la adaptabilidad al resplandor nocturno, cuadro agravado por patologías oculares crónicas como cataratas, glaucoma o degeneración macular.
A nivel neuromotor y cognitivo, según la Biblioteca Nacional de Medicina de los Estados Unidos (MedlinePlus):
- Tiempo de reacción prolongado: La velocidad de procesamiento de estímulos complejos y la respuesta motriz ante frenados de emergencia se ralentizan gradualmente.
- Rigidez articular y muscular: Afecciones como la artrosis reducen la movilidad del cuello y tronco, dificultando el giro de cabeza necesario para revisar los puntos ciegos o manipular el volante.
- Deterioro cognitivo y polifarmacia: Etapas tempranas de deterioro cognitivo comprometen la toma de decisiones, la memoria de orientación espacial e interpretación de señales, mientras que el uso simultáneo de múltiples medicamentos recetados (polifarmacia) puede inducir somnolencia o mareos.
Señales de alerta temprana: cómo detectar la pérdida de facultades al volante
Para los adultos mayores y sus familias, anticiparse a un siniestro vial exige una observación minuciosa de ciertos cambios de comportamiento que operan como indicadores biológicos y cognitivos tempranos. Especialistas en geriatría y seguridad vial destacan una serie de señales de alerta crítica:
- Dificultad de orientación en rutas conocidas: Sufrir episodios de confusión al transitar por calles o barrios por los que se ha circulado durante décadas.
- Aparición de raspones o abolladuras menores: Presentar daños constantes en la carrocería del automóvil, provocados por roces involuntarios al estacionar o ingresar a portones.
- Errores involuntarios con los pedales: Confundir de manera recurrente el pedal de freno con el del acelerador, o reaccionar con brusquedad tardía ante un semáforo en rojo.
- Escanear con lentitud el entorno vial: Omisión de señales de prioridad, dificultad para percibir peatones en cruces o no percatarse de vehículos que se incorporan al carril.
- Incremento de la ansiedad o fatiga excesiva: Manifestar irritabilidad inusual, temor al enfrentar autopistas o agotamiento físico extremo tras trayectos urbanos breves.
La transición voluntaria: el equilibrio entre seguridad e independencia
Determinar el momento adecuado para dejar de manejar trasciende las exigencias legales del examen municipal. La pérdida de la licencia suele vivirse como un menoscabo directo a la autonomía personal y al bienestar emocional del adulto mayor. Por ello, profesionales de la salud recomiendan realizar autoevaluaciones periódicas junto al núcleo familiar, considerando alternativas como restringir la conducción a rutas diurnas y conocidas en una primera etapa, para luego planificar una transición paulatina y digna hacia medios de transporte alternativos antes de que ocurra un hecho crítico.
Preguntas frecuentes
¿Existe un límite de edad máximo para renovar la licencia en Chile?
No. La Ley de Tránsito de Chile no fija una edad máxima. Cualquier persona puede renovar su licencia de conducir en la municipalidad sin importar su edad, siempre que apruebe las evaluaciones médicas y psicotécnicas.
¿Cada cuántos años renuevan la licencia los adultos mayores en Chile?
Aunque el plazo estándar para vehículos particulares es de seis años, los médicos de las direcciones de tránsito suelen acortar la vigencia a tres, dos o un año a partir de los 65 años, dependiendo del estado de salud del conductor.
¿En qué país de Latinoamérica se prohíbe conducir a partir de los 80 años?
En Perú. La legislación peruana establece la prohibición absoluta de renovar la licencia de conducir a toda persona que haya alcanzado los 80 años de edad, independientemente de su estado de salud.



