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Ciudad

6 de Agosto de 2026

“¿Está cerrada?”: Tienda Miniso funcionó cuatro meses sin patente y terminó clausurada por la Municipalidad de Santiago

Un video viral en TikTok generó diversas reacciones en redes sociales al mostrar la tienda Miniso, ubicada en el Mall Vivo Imperio, clausurada. El cierre se concretó en abril de este año.

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En medio de diversos operativos de inspección y fiscalización, la Municipalidad de Santiago procedió a clausurar el local comercial de la cadena Miniso, el cual funcionó durante cuatro meses sin patente. Se encontraba ubicado en Huérfanos N°840, al interior del Mall Vivo Imperio.

“¿Está cerrado?”, se preguntaban algunos usuarios de redes sociales que asistieron esta semana a la tienda y encontraron el cartel de clausurado. Aseguran haberse enterado por TikTok del cierre de la tienda, afirmando que los guardias comentaban que la tienda se encontraba en renovación, a pesar de contar con el sello de clausura entregado por la municipalidad. 

El cierre se debió a que el local desarrollaba activamente comercialización y venta de artículos para el hogar sin contar con patente comercial ni autorización municipal vigente. La patente provisoria con la que operaba el local se encontraba vencida desde el 31 de diciembre de 2025.

Según los antecedentes manejados por la municipalidad de Santiago, se habían realizado dos fiscalizaciones previas. El 19 de enero de 2026, se constató que el establecimiento estaba funcionando de manera irregular, obteniendo una denuncia en el Juzgado de Policía Local. 

Una segunda inspección realizada el 2 de marzo de 2026, dio cuenta que el local seguía operando en las mismas condiciones, obteniendo una segunda denuncia. Ante la reincidencia, el 16 de abril de 2026 se ordenó la clausura inmediata del inmueble.

El cierre fue el 24 de abril de 2026 por inspectores de la Subdirección de Inspección, quienes instalaron los rótulos oficiales de clausura en el acceso principal del establecimiento, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley sobre Rentas Municipales.

El decreto instruyó a la Subdirección de Rentas y Finanzas liquidar y cobrar los derechos municipales adeudados por el período en que el establecimiento funcionó sin patente vigente. El cobro no habilita la continuidad de la actividad comercial. 

Además, se advierte que la violación de la clausura puede ser sancionada con multas de hasta 5 UTM y que la rotura de sellos puede dar lugar a acciones penales conforme al Código Penal.

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