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Negocios

24 de Agosto de 2026

Sin alegatos de la sociedad civil, TC verá requerimiento del Gobierno contra el artículo que obliga a reposición de servicios básicos

Ejecutivo solicita declarar inconstitucional la norma que obliga a las empresas de servicios básicos de electricidad, gas y agua a reconectar a los clientes en zonas de catástrofe, aunque tengan deudas. Senadores y diputados de oposición defienden mantener el articulado, mientras que las empresas solicitan su eliminación.

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Este martes, el Tribunal Constitucional (TC) revisará el requerimiento interpuesto por el gobierno contra un artículo aprobado por el Congreso en la ley de reconstrucción referido a la reconexión gratuita de servicios básicos a los clientes en situaciones de catástrofe.

El pleno del TC se reunirá a las 9:30 a escuchar sólo los alegatos de los abogados del Ejecutivo ya que las partes interesadas, como gremios o senadores de oposición, solicitaron audiencia especial y el organismo no la concedió.

El gobierno presentó un requerimiento para impugnar el artículo 31 de la megareforma el pasado 8 de agosto generando una polémica internamente pues el biministro de Interior y vocero, Claudio Alvarado, no estaba informado de esta presentación. El requerimiento fue firmado por los ministros de la Secretaría General de la Presidencia, José García, de Hacienda, Jorge Quiroz, de Obras Públicas, Louis de Grange, y de Energía, Ximena Rincón.

En términos generales el fundamento de este libelo es que el artículo incluido no tiene relación directa con las ideas matrices del proyecto, infringiendo el artículo 69 de la Constitución.

El 18 de agosto el TC lo declaró admisible y el jueves 20 los privados solicitaron audiencia pública y enviaron un Téngase Presente. Esta acción fue realizada por la Asociación de Empresas Eléctricas, la Asociación Nacional de Empresas Sanitarias y la Asociación de Empresas de Gas Natural. El 23 de agosto los senadores de oposición presentaron un documento con sus fundamentos para mantener la norma, y el lunes, los diputados hicieron lo propio.

Qué dice el artículo cuestionado

El artículo fue incorporado a la megarreforma por una indicación de la diputada Ana María Gazmuri y otros parlamentarios que obliga a las empresas concesionarias de distribución eléctrica, servicios sanitarios y distribución de gas, a reconectar gratuitamente a los usuarios residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas ubicados en zonas declaradas en estado de catástrofe, cuando hayan sido desconectados por deudas.

Establece 48 horas como plazo para la reconexión de electricidad y gas, y 24 horas para agua potable y alcantarillado. No se podría cobrar un monto por reposición del servicio.

Si bien la indicación fue rechazada por la primera Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, fue aprobada en la Sala por 80 votos a favor y 69 en contra, y el Senado por estrecha votación de un voto de diferencia, mantuvo el artículo.

El senador Daniel Núñez (PC) explicó los argumentos con que recurrieron al TC: “hemos recurrido con un Téngase Presente, que es entregar antecedentes y argumentar por qué la norma, que democráticamente se aprobó tanto en la Cámara como en el Senado, debe permanecer. Es parte del debate democrático, legislar en forma absolutamente correcta e idónea. Este artículo está en el corazón de las ideas matrices del proyecto de ley del Gobierno. ¿Qué más natural que después de una catástrofe volver a tener servicios básicos cuando ellos fueron perjudicados? Lo que hace el Gobierno no tiene ningún sentido y deja en desamparo a las víctimas de las catástrofes”.

Por otro lado, el director ejecutivo de Empresas Eléctricas, Juan Meriches, entregó sus razonamientos para oponerse a esta medida: “esta es una mala norma. Durante una catástrofe obliga a desviar cuadrillas y recursos que debieran estar concentrados en reparar redes y recuperar el suministro de miles de personas, para realizar reconexiones individuales incluso por deudas anteriores y ajenas a la emergencia. Y además impone plazos perentorios desconociendo completamente la realidad de una catástrofe”.

El requerimiento del Ejecutivo patrocinado por los abogados Joaquín Palma y Vicente Gómez indica que esta norma infringe el artículo 69 de la Constitución al no estar en concordancia con las ideas matrices del proyecto que eran financiar y acelerar la reconstrucción e impulsar la reactivación económica del país. Se indica que la regulación de los servicios públicos concesionados requería una discusión específica y especializada, solicitando al TC que defina respecto del procedimiento legislativo y no sobre el fondo del artículo.

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