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Agencia Uno

Ciudad

1 de Octubre de 2026

Contraloría da luz verde a decreto ingresado por el Minvu que baja el coeficiente de densidad y permite construir más departamentos por edificio

Asimismo, se aceptó la rebaja de la dotación de estacionamientos a determinados proyectos de vivienda y equipamiento de servicios. Vivienda desistió, por otro lado, reemplazar el Informe de Mitigación de Impacto Vial por un Informe Técnico de Movilidad.

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La Contraloría General de la República aprobó este jueves un decreto reingresado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo a mediados de septiembre, con el que se modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). 

Tras una serie de observaciones que fueron cambiadas por la cartera que lidera Iván Poduje, el ente contralor dio luz verde a que se puedan construir más departamentos por edificio, reduciendo el cálculo de la densidad. 

El texto original buscaba reemplazar el coeficiente de cuatro habitantes por vivienda a uno de 1,4 y 2. No obstante, Contraloría objetó este punto señalando que “no se advertía el fundamento para reemplazar el coeficiente 4 habitantes por vivienda por los coeficientes 1,4 y 2”. 

Con su modificación, el Ejecutivo eliminó el coeficiente de dos por vivienda y mantuvo el de 1,4 bajo ciertas condiciones. 

Por ejemplo, se elimino de su aplicación todo proyecto que esté ubicado a no más de 600 metros de determinados puntos de parada de transporte público, incorporando otros criterios como vías expresas y troncales.  

Asimismo, se aceptó la rebaja de la dotación de estacionamientos a determinados proyectos de vivienda y equipamiento de servicios.

Respecto a los conjuntos armónicos, se incorporó que cuando un proyecto se emplace en uno o más terrenos que en su conjunto iguales o superen los 5 mil metros cuadrados, la vía deberá contar con una calzada de al menos 14 metros de ancho.

Vivienda desiste reemplazar Informe de Mitigación de Impacto Vial

Sobre el Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV), Vivienda intentó en su idea original sustituirlo por un Informe Técnico de Movilidad emitido por el Serviu. Contraloría lo objetó señalando que dicha función radica, según la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en las Seremi de Transporte y Telecomunicaciones y la Dirección de Tránsito respectiva. 

En consecuencia, el ministerio eliminó la posibilidad de sustituir el IMIV por el informe técnico de movilidad. 

Por último, respecto a los proyectos de reconstrucción en zonas afectadas por catástrofes, se ordenó “cumplir con las normas urbanísticas relativas a áreas de riesgo, áreas de protección de recursos de valor natural y patrimonial, franjas o radios de restricción y declaratorias de utilidad pública del respectivo instrumento de planificación territorial” para aprobar los permisos de edificación y recepción de determinados proyectos. 

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