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Agencia Uno

Negocios

16 de Octubre de 2026

Por irregularidades en créditos hipotecarios y portabilidad financiera: Banco BICE es multado por la Corte Suprema con más de $72 millones

La multa de más de $72 millones fue confirmada por la Corte Suprema tras una denuncia del Sernac contra Banco BICE debido a cambios que realizó la entidad bancaria en tasas de créditos hipotecarios luego de haber sido aceptadas por clientes e incumplimientos en la documentación de ofertas de portabilidad financiera.

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Una multa de $72 millones deberá enfrentar Banco BICE luego de que la Corte Suprema rechazara el recurso con que buscaba revertir la sanción por infracciones a la Ley del Consumidor. El caso se originó en una denuncia del Sernac por incumplimientos relacionados con cotizaciones de créditos hipotecarios y ofertas de portabilidad financiera.

El organismo acusa al banco de dos infracciones. En primer lugar, de ofrecer tasas de interés a sus clientes y, después de evaluar la situación financiera, modificarlas. Esto, después de que los cliente ya habían aceptado las condiciones. Además, de no entregar las cotizaciones vinculantes que, según el organismo, exigía la normativa.

En segundo lugar, el Sernac acusó que cuando un cliente quería trasladar sus productos financieros desde otra entidad a Banco BICE, las ofertas no incluían toda la documentación exigida: una cotización con las características del producto y una hoja resumen con la información principal.

Banco BICE, por su parte, defendió que las tasas informadas inicialmente a los clientes eran referenciales y podían cambiar una vez completada la evaluación de riesgo comercial. Según explicó, esas simulaciones no lo obligaban a mantener las condiciones ofrecidas y las cotizaciones vinculantes solo debían entregarse cuando el consumidor las solicitara expresamente.

El banco también argumentó que no podía comprometerse a mantener una tasa de interés durante meses, debido a las posibles variaciones del mercado y de la situación financiera de los solicitantes. En cuanto a la portabilidad financiera, asegura que las ofertas iniciales también eran simulaciones y que, por lo mismo, no correspondía adjuntarles una cotización formal ni una hoja resumen.

Sin embargo, el Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago acogió la denuncia del SERNAC y condenó al banco al pago de una multa de 1.000 UTM, tras considerar acreditadas las infracciones denunciadas. Tras la sanción, el banco decidió llevar la pelea hasta la Corte Suprema.

En su recurso, alegó que se le estaba castigando por una obligación que, a su juicio, la ley no contempla: entregar cotizaciones vinculantes a todos los clientes después de evaluar su riesgo comercial, incluso si nunca las habían solicitado. Según el banco, ni la Ley del Consumidor ni el reglamento de créditos hipotecarios lo obligaban a hacerlo. Sin embrago, la Corte Suprema determinó que dicha actuación no constituía una falta o abuso grave y aplicó la multa.

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