Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Nacional

18 de Marzo de 2016

Los 120 días de Álvaro Corbalán en la Cárcel de Alta Seguridad

Un mes antes del cabezazo que recibió de otro interno, el ex agente de la CNI presentó un recurso de protección para devolverse a su habitación en Punta Peuco. Lo hizo porque Gendarmería decidió mantenerlo ahí tras un informe que señaló que no existe otro penal con la seguridad necesaria para resguardar la integridad del teniente coronel. Ahora sus abogados señalan que con el golpe recibido el argumento está obsoleto y alegarán que dejar a Corbalán en la sección de Máxima Seguridad de la CAS, donde debe ducharse con agua fría y escuchar insultos y amenazas constantes, es arbitrario e ilegal.

Por

Corbalán cabezazo yt

Tres minutos y cinco segundos llevaba Álvaro Julio Federio Corbalán Castilla el pasado miércoles 9 de marzo en el pasillo del subterráneo de la Cárcel de Alta Seguridad. Rodeado de gendarmes del Grupo TAR (grupo de Traslado de Alto Riesgo), el “Faraón”, como lo apodaban en dictadura, esperaba tranquilo a los uniformados cargando una carpeta con papeles en su brazo izquierdo y la mano derecha en el bolsillo, cuando Joaquín García, otro reo que pasaba a su lado con una silla de plástico y bolsas en ambas manos, le propinó un cabezazo en el pómulo derecho.

Fue a las 12.04 de su día 110 al interior de ese penal, al que fue trasladado el pasado 20 de noviembre después de registrar su cuarta falta grave en menos de un año al interior del Centro de Detención Preventiva y Cumplimiento Penitenciario Especial Punta Peuco.

Una estadía resistida por el ex agente de la Central Nacional de Informaciones (CNI), quien lleva más de un mes pidiendo regresar a su habitación en el complejo penitenciario ubicado en Tiltil, pero que ha debido mantenerse en la Sección de Máxima Seguridad de la CAS porque, según Gendarmería, no existe otro establecimiento penitenciario con las condiciones de seguridad que necesita.

Antes del cabezazo

El 10 de febrero pasado, prácticamente un mes exacto antes de la agresión que recibió de García -a quién le escribió una carta donde califica como lamentable que la generación a la que pertenece, mantenga odios y rencores-, la defensa de Corbalán interpuso un recurso de protección en contra del Alcaide de la Unidad Especial de la Sección de Alta Seguridad de Gendarmería de Chile, con el que busca sacar al ex jefe operativo de la CNI del cuarto piso de la CAS.

El fundamento del recurso radica en que el traslado de Corbalán era una medida disciplinaria que se debía evaluar a los 60 días de observación, plazo que se cumplió el 19 de enero pasado.

En ese documento, los abogados del ex oficial de Ejército condenado por ocho homicidios calificados, un homicidio simple y un secuestro calificado, señalan que se está vulnerando el derecho a su integridad física y psíquica (numeral 1º del artículo 19 de la Constitución Política de la República) y la igualdad ante la ley y el derecho a no ser discriminado de manera arbitraria e ilegal (numeral 2º del artículo 19 de la Carta Magna).

Para argumentar eso, la defensa de Corbalán dice que su defendido estuvo recluido 25 años en Punta Peuco -único lugar habilitado para la reclusión de internos que cumplen condenas por causas de Derechos Humanos- y señala que tiene una necesidad de tratamiento médico diario por las diferentes patologías que padece.

Además, reclaman por una supuesta sanción adicional de 30 días sin recibir visitas en noviembre pasado, período que se habría extendido finalmente por 90 días y durante el cual no le fue permitido despedirse ni asistir al funeral de su madre “por falta de personal y vehículo”.

Sin embargo, el oficio reservado de Gendarmería de fecha 26 de enero de 2016 señala que aún sin haber cometido faltas al régimen interno durante la permanencia en la Sección de Máxima Seguridad de la CAS, no es posible devolverlo al C.C.P Punta Peuco “toda vez que en ese recinto cometió faltas graves al régimen interno”.

Un día antes el Consejo Técnico constituido por Gendarmería determinó que Corbalán había cumplido con las sanciones impuestas y por tanto reunía las condiciones para ser trasladado de la unidad penal si así lo estimaba la autoridad penitenciaria. La recomendación, que aparece en ese documento, era que podría ser derivado a la sección de Alta Seguridad CAS.

“Las condenas del Sr. Corbalán (causas asociadas a Violación a Derechos Humanos); pertenecer al DAS (División Antisubersiva) de la CNI, es importante señalar que es imposible para esta administración derivarlo a dicho sector, ya que no posee las condiciones de segregación que permitan resguardar adecuadamente la seguridad del citado interno, considerando que en el sector se albergan internos por delitos comunes de alta connotación, como también en la totalidad de los pisos habitan internos ex subversivos los cuales pondrían en riesgo la integridad física del interno Corbalán”, dice el informe.

Gendarmería entonces señala que al no existir otro establecimiento penitenciario en la Región Metropolitana “que reúna las condiciones de seguridad necesarias para poder mantener al referido condenado por su calidad propiamente tal, es que se hace necesario para protegerlo que se mantenga en la Unidad Especial de Alta Seguridad”.

Un argumento que para la defensa del ex CNI quedó obsoleta con el cabezazo recibido el miércoles pasado. “El recurso no contiene el nuevo antecedente de la situación de agresión que sufrió el interno Álvaro Corbalán, situación que ya está acreditada -se va a acompañar un certificado de lesiones menos graves- y además se va a acompañar una denuncia que la propia Gendarmería puso en conocimiento del Ministerio Público.

“En consecuencia, este nuevo antecedente, que a nuestro juicio es de la mayor gravedad, no se fundamenta el argumento central para mantener a Corbalán en la Cárcel de Máxima Seguridar porque no existe en Chile otra cárcel u otro penal que le asegure el resguardo de su integridad física y personal”, dice el abogado Raúl Meza.

Celulares, pendrives y una Kunstman Torobayo

A Corbalán, que usaba la chapa de “Álvaro Valenzuela” durante la dictadura, lo trasladaron a la Cárcel de Alta Seguridad por el comportamiento que tuvo en los últimos tres bimetres (mayo-junio, julio-agosto y septiembre-octubre) de 2015 en Punta Peuco, los que fueron considerados “malo”, “regular” y “pésimo”, respectivamente.

Eso detalla el informe técnico del 20 de noviembre de 2015 realizado por el Alcaide (s) del C.C.P Punta Peuco, el capitán Argel Ulloa, donde relata la reiteración de faltas al régimen interno de la unidad tras ser sorprendido cuatro vez durante el año 2015 con elementos prohibidos en su habitación.

Un día antes, al ingresar a su habitación en un allanamiento preventivo, Corbalán intentó ocultar un teléfono. El informe de Gendarmería de ese castigo señala que el ex CNI le dice “repentinamente a uno de los funcionarios que le dolía el estómago y tenía que pasar al baño dirigiéndose a su cama y trató de esconder un celular marca Azumi y su respectivo chip de la empresa Claro, con una almohada y unos papeles, procediendo éste a entregarlo, y a su vez se le incautó el respectivo cargador”.

Corbalán declaró esa noche al jefe nocturno de Punta Peuco que “en atención a que mi sentencia no dice que deba estar incomunicado permanentemente, he priorizado el ser buen padre, buen esposo y tener una comunicación diaria con los míos, después de llevar más de 20 años en prisión”.

El interno señaló además que el celular “me fue facilitado por un interno del penal de que por razones obvias me reservaré su nombre. Reitero una vez más que este tipo de comunicaciones con mi familia y mi entorno personal y jamás han tenido un uso delictual o ilícito que afecte a Gendarmería de Chile o las leyes vigentes (SIC)”.

Esa fue la cuarta falta grave del año. La primera había ocurrido el 26 de marzo de 2015, cuando en un allanamiento mañanero le incautaron en su habitación un notebook marca Acer, un teléfono celular LG, dos módems con acceso a internet, nueve pendrives, una botella vacía de cerveza Kunstman Torobayo y una carpeta “con individualización de personas”. Por ese motivo recibió un castigo de 30 días sin visitas.

Posteriormente, el 11 de septiembre de 2015 se realizó otro registro en el que se volvieron a encontrar elementos prohibidos en su pieza. El informe señala textual que se logró incautar “desde una repisa, en una caja negra que tenía un par de colleras, chip de teléfono celular; en un estuche de lápices un pendrive; en un estuche de gafas un pendrive; un diskette al interior de un libro (SIC)”. En esa oportunidad recibió como sanción ocho días sin visitas.

Su penúltimo episodio ocurrió en una ronda vespertina realizada el 28 de octubre pasado cuando uno de los gendarmes lo sorprendió “sentado en la cama con un aparato celular de color negro en sus manos (marca AZUMI con 2 chips de la empresa telefónica CLARO) el cual se encontraba manipulando”.

Tras ese episodio lo volvieron a castigar con 30 días sin visitas, plazo que estaba cumpliendo hasta que fue sorprendido por en una cuarta oportunidad.

Video: Así fue el cabezazo que recibió ex CNI Álvaro Corbalán en la Cárcel de Alta Seguridad – The Clinic Online

Ducha con agua helada y amenazas de muerte

En el informe de Gendarmería enviado a la Corte de Apelaciones el 4 de marzo pasado también se incluye un oficio del 4 de diciembre de 2015 del Alcaide (s) de la Unidad Especial de Alta Seguridad, Rodrigo Muñoz. En él contesta una serie de preguntas solicitadas por el abogado de Corbalán por intermedio del ministro en visita Mario Carroza.

En ese documento de carácter reservado se confirman varias situaciones denunciadas por la defensa del ex agente represor: que el interno “debe ducharse con agua helada debido a que la sección que actualmente habita no posee ningún tipo de elemento condensador para regular la temperatura del agua, dado que en su etapa de construcción jamás se logró conectar con la caldera central”.

Además se detalla que por el dolor lumbar que padece Corbalán -fue operado de un lipoma (tumor adiposo) en la espalda- se le entregó un segundo colchón, ya que al tener una cama de material sólido empotrada al muro no se permite el ingreso de eventuales literas.

Pero además sobre la denuncia de gritos, insultos y amenazas de muerte de manera permanente, el informe señala que ello “lamentablemente es inevitable, en especial en las jornadas nocturnas dado que todas las ventanas de las celdas de esa sección, dan hacia el interior del patio central, es decir, todos los pisos y alas tienen visión directa con todas las celdas”.

También se dejó constancia que un sujeto habría llegado hasta la reja del calabozo amenazándolo de muerte, por lo que se ordenó una investigación interna para confirmar o descartar el hecho.

Además se remite a un informe del médico director Dr. Idrovo “que el interno Corbalán Castilla no justificaría una hospitalización en dicho nosocomio dado su estado actual de salud”, señalando además que las dependencias de aislamiento que posee actualmente se encuentran con pacientes que padecen patologías infecciosas, pero en caso de requerir atención puede ser atendido en el servicio de urgencia.

Todos esos elementos, según señala el abogado Meza, serán ocupados para el alegato en la Corte de Apelaciones para intentar llevar a Corbalán de vuelta a Punta Peuco. “A raíz de la agresión que sufrió, a raíz de las amenazas, insultos y gritos que permanentemente ha recibido en estos más de 100 días Corbalán, cuestión que además está siendo reconocida en ese informe acompañado por Gendarmería, se dan todos los antecedentes y circunstancias para que la Corte tome la decisión de restituirlo hasta la cárcel de Punta Peuco”, dice el defensor.

Con todo, la 1era sala de la Corte de Apelaciones -en la que no podrán alegar ni la Asociación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP) ni el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, a quienes se les negó la posibilidad de hacerse parte- tendrá la última palabra.

Notas relacionadas