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Nacional

24 de Noviembre de 2011

Suprema confirma sentencia por “secuestro permanente” contra pescador que hizo desaparecer cadáver de su víctima

Foto: fiscal regional de Magallanes La Segunda Sala (Penal) Corte Suprema confirmó una sentencia a 10 años por el delito de homicidio en contra del pescador Pablo Ayancán, quien mató a su colega Fernando Ojeda en la XII Región. El hecho podría ser uno más dentro de las tantas sentencias que a diario se conocen […]

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Foto: fiscal regional de Magallanes

La Segunda Sala (Penal) Corte Suprema confirmó una sentencia a 10 años por el delito de homicidio en contra del pescador Pablo Ayancán, quien mató a su colega Fernando Ojeda en la XII Región.

El hecho podría ser uno más dentro de las tantas sentencias que a diario se conocen en el sistema penal, salvo por un detalle: el máximo tribunal aplicó la llamada teoría del “secuestro permanente”. Esta última permite sancionar al autor de un asesinato aun cuando haya hecho desaparecer el cuerpo, como lo hizo Ayanacán.

De esta manera, la Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de este último, que buscaba revocar los cargos, confirmados en primera instancia por el Tribunal Oral e Punta Arenas.

El fiscal regional de Magallanes Juan Meléndez se manifestó conforme con la decisión de la Suprema, aludiendo a que el caso no fue sencillo de investigar. “Luego de cometer el crimen, Ayancán lanza a la víctima al mar, en zonas de la región donde hay mucha profundidad y de imposible acceso. A pesar de las dificultades, encontramos pertinente seguir investigando y llegar a los resultados que obtuvimos”, explicó.

Hay que recordar que la figura del “secuestro permanente” apareció como criterio de fallo en la Corte Suprema a fines de los 90, hecho que permitió reabrir casos de violaciones de derechos humanos, particularmente cuando se trataba de detenidos desaparecidos. En esa línea también permitió con el paso de los años condenar a la cúpula de la DINA, ya que al no aparecer los cuerpos, el delito continúa cometiéndose en el tiempo.

Por esta razón la reciente sentencia de la Suprema se instala como un nuevo criterio de fallo en el marco del nuevo sistema penal que opera en todo el país desde 2005.

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