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Opinión

18 de Junio de 2013

Kast, la Corte Suprema y nuestra vergüenza ajena

En menos de dos días, ocurrieron dos hechos, dos bofetadas, que nos han mostrado lo lejos que estamos de tratar con decencia y responsabilidad el legado de la época más oscura de Chile. José Antonio Kast, diputado UDI y que aspira a convertirse en senador de la República, señaló con la misma soltura que nos […]

Jorge Contesse
Jorge Contesse
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En menos de dos días, ocurrieron dos hechos, dos bofetadas, que nos han mostrado lo lejos que estamos de tratar con decencia y responsabilidad el legado de la época más oscura de Chile. José Antonio Kast, diputado UDI y que aspira a convertirse en senador de la República, señaló con la misma soltura que nos contó de sus dos pololeos antes de casarse, que no creía que el crimen cometido en contra de Manuel Guerrero, Santiago Nattino y José Manuel Parada hubiese sido perpetrado por alguna institución del Estado. Tal cual.

En un país preocupado genuinamente por su memoria y su futuro, declaraciones como éstas provocarían, cuando menos, disculpas públicas por parte de un funcionario del Estado. Además, un país con una prensa consciente de su rol en democracia estaría a los cinco minutos inquiriendo a su candidato presidencial su postura frente a los dichos del diputado revisionista. En Chile, no. Y es que si en dos décadas el partido al que pertenece Kast no ha hecho lo que la mínima decencia política insta a hacer, es comprensible —aunque triste— que uno de sus militantes no sienta aplomo por ello. Parece que ahí no hay nada que hacer.

Un día después la Corte Suprema inscribió su nombre en la lista de hechos reñidos con la plena vigencia de los derechos humanos. En una decisión unánime, la Corte declaró que el otorgamiento de beneficios carcelarios a los dos condenados por el crimen de Guerrero, Nattino y Parada se ajusta a derecho. El fallo es desconcertante por su pobreza de fundamentos: en menos de tres páginas la Corte entiende que se cumplen los requisitos para autorizar la salida dominical de los dos condenados sin explicar cómo llega a ese convencimiento. Parece sacado de los años ochenta: la Corte de Apelaciones había sostenido que los condenados no cumplían con un requisito básico para optar al beneficio, como es mostrar una conducta intachable al interior de la cárcel —que fue especialmente construida para ellos, no debe olvidarse—, de modo que la decisión del alcaide de Punta Peuco era “ilegal y arbitraria”. La Corte Suprema, sin embargo, señala que el jefe de la cárcel “actuó dentro del ámbito de sus respectivas competencias”, sin molestarse en acreditar cómo es que se cumplían los requisitos del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios para conceder estos beneficios.

Tratándose de un crimen de lesa humanidad, y a pesar de los avances jurisprudenciales que ha habido en la última década, la Corte Suprema retrocede un par de décadas, mostrando una indolencia que parecía desterrada del Palacio de Tribunales.

Para que una persona pueda optar a beneficios carcelarios debe acreditarse, entre otras cosas, que tiene conciencia de la gravedad del delito cometido, así como del mal causado con su conducta y de su disposición al cambio. La mezquindad argumentativa del fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema impide saber ello, violentando no solo el derecho de las víctimas y afectados directos en este caso, sino el de una comunidad política que también tiene derecho a saber por qué y cómo se otorgan beneficios a quienes utilizaron el aparato del Estado para exterminar a otros chilenos. Frente a un caso que ameritaba un esfuerzo significativo de argumentación judicial, la Corte entrega un par de páginas para afirmar que no hay ilegalidad ni arbitrariedad en una decisión administrativa que no solo actualiza el dolor y la sensación de injusticia, sino que hace sentir vergüenza ajena por los órganos del Estado, cuyo deber es —según dispone la Constitución vigente— “respetar y promover” los derechos humanos. Extraña forma la de José Antonio Kast y la Corte Suprema de cumplir con este mandato constitucional.

Profesor de derecho Rutgers University / UDP

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