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Planeta

10 de Enero de 2014

Corte Suprema ordena frenar termoeléctricas Bocamina I y II de Endesa

El máximo tribunal paralizó la actividad de las termoelectroicas de Endesa, Bocamina I y II, tras acoger un recurso de protección que presentó un grupo de pescadores artesanales de Coronel. La tercera sala de la Corte Suprema con los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Lamberto Cisternas y Gloria Ana Chevesich y el abogado Alfredo Priet, […]

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El máximo tribunal paralizó la actividad de las termoelectroicas de Endesa, Bocamina I y II, tras acoger un recurso de protección que presentó un grupo de pescadores artesanales de Coronel.

La tercera sala de la Corte Suprema con los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Lamberto Cisternas y Gloria Ana Chevesich y el abogado Alfredo Priet, revocó por cuatro votos contra uno el rechazo por parte de la Corte de Apelaciones de Concepción a la medida cautelar presentada por los pescadores artesanales de la zona.

El fallo consideró que las centrales termoeléctricas no hicieron valer la garantía constitucional del artículo 19, Nº8 de la Constitución -Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación- lo que fue constatado por procesos instituidos por la autoridad ambiental y el Ministerio Público.

La resolución indicó que acoge el recurso de protección en contra de la Central Termoeléctrica Bocamina I y II “en el sentido de que la compañía recurrida deberá realizar las operaciones de la planta de generación termoeléctrica Bocamina I y II sólo si su funcionamiento no importa en la succión de las aguas amenazadas ni daño a especies y recursos hidrobiológicos y cumple, estrictamente, con la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental, debiendo en consecuencia la autoridad ambiental fiscalizar ese funcionamiento de manera periódica para así evitar el ingreso de biota en la bocatoma de agua de mar”.

Agrega que si esto no se cumple se va a “adoptar todas las medidas que las circunstancias determinen, entre ellas la paralización del funcionamiento de la central hasta que se subsane su incorrecta operación”.

El abogado de los demandantes, Lorenzo Soto, declaró a Radio Cooperativa que la decisión se tomó “dada la gravedad de los antecedentes” y “es un gran triunfo para el sector pesquero artesanal de Coronel y de Caleta Lo Rojas, que nos tiene obviamente muy satisfechos”.

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