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Nacional

29 de Octubre de 2014

Tribunal Ambiental decide que la SMA debe comenzar procedimiento sancionatorio contra Codelco Ventanas

El Tribunal Ambiental de Santiago decidió que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) debe comenzar un procedimiento administrativo sancionatorio contra la División Ventanas de Codelco con el objetivo de determinar si la empresa tendría que haber ingresado algunas instalaciones de su complejo industrial al Sistema de Impacto Ambiental.

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codelco ventanas A1

El Tribunal Ambiental de Santiago decidió que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) debe comenzar un procedimiento administrativo sancionatorio contra la División Ventanas de Codelco con el objetivo de determinar si la empresa tendría que haber ingresado algunas instalaciones de su complejo industrial al Sistema de Impacto Ambiental, según informa La Tercera.

Debido a esta decisión, el Tribunal acogió el reclamo de Codelco Ventanas, que estaba en contra de la exigencia determinada por la SMA de ingresar al SEIA los sectres Botadero y Depósito de Seguridad de la Fundición y Refinería Ventanas.

“Así, una vez finalizado el respectivo proceso administrativo sancionador –que permite al infractor controvertir los cargos y a la autoridad administrativa determinar, de acuerdo a la sana crítica y respetando las garantías del debido proceso, si hubo o no incumplimiento a la obligación de ingresar al SEIA- la autoridad administrativa podrá hacer uso de la citada facultad y requerir, si procede, el ingreso del respectivo proyecto”, señala la sentencia del Tribunal.

En esa misma línea, el Tribunal consignó que “el hecho de realizar un proceso administrativo sancionador como trámite previo al requerimiento de ingreso, evita la pluralidad de procesos sobre cuestiones similares y el pronunciamiento anticipado respecto a si un proyecto debe o no ingresar al SEIA. En caso contrario, se podrían presentar situaciones –como el de autos- en que el Tribunal resolviendo una reclamación en contra de un requerimiento de ingreso, esté anticipando un juicio respecto de una situación jurídica que -eventualmente- tendrá que conocer nuevamente en la reclamación en contra de la resolución que pone fin al proceso administrativo sancionador. Lo anterior se puede complicar aún más, en caso de presentarse sentencias contradictorias, todo lo cual lleva a concluir que lo correcto es discutir lo relativo a la obligación de ingreso dentro del procedimiento que la propia ley ha previsto para ello”.

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