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10 de Diciembre de 2024Dominga: un zoom a su polémica tramitación y a los motivos que llevaron a la justicia ambiental a anular el rechazo del Comité de Ministros al proyecto
El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron, titular del proyecto Dominga, en contra de la decisión del Comité de Ministros de enero de 2023, notificada en junio de este año, que calificó desfavorablemente la iniciativa minera portuaria.
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Con más de una década de historia de tramitación ambiental, el proyecto Dominga, que compromete una inversión de US$2.500 millones, logró revertir este lunes una decisión que parecía definitiva y consiguió reponer la validez de sus permisos ambientales.
Esto, luego de que el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, en un dictamen de más de 200 páginas, acogiera la reclamación presentada por Andes Iron – empresa titular de la iniciativa- en contra de la resolución adoptada en enero de 2023 por el Comité de Ministros -encabezado por la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas; además de los actuales ministros de Salud, Ximena Aguilera; de Economía, Nicolás Grau; de Agricultura, Esteban Valenzuela, de Energía, Diego Pardow, y la otrora ministra de Minería, Marcela Hernando- la que fue notificada formalmente el 29 de junio de ese año, y que calificó desfavorablemente el proyecto Dominga, emplazado en la comuna de La Higuera, en la Región de Coquimbo.
En su sentencia, con los votos a favor de tres ministros, la justicia ambiental no sólo declaró como “ilegal” la resolución ministerial, sino que también determinó que la instancia infringió los principios de imparcialidad y confianza legítima.
“La resolución reclamada es ilegal debido a que el Comité de Ministros omitió lo establecido y no cumplió debidamente con la sentencia dictada en causa Rol R Nº 1-2017, de 16 de abril de 2021, dictada por el Primer Tribunal Ambiental, la que se encontraba firme y ejecutoriada al haber sido rechazados por la Corte Suprema los recursos de casación interpuestos en su contra”, dice el fallo.
Según el tribunal, el Comité de Ministros “infringió los principios de imparcialidad y confianza legítima al adoptar el acuerdo de acoger las reclamaciones PAC (relativas a participación ciudadana) en sesión integrada con ministros de Estado que, habiendo previamente manifestado su parecer, posteriormente no se inhabilitaron”.
La iniciativa, ligada a la empresa Andes Iron, controlada por la familia Délano, busca establecerse en dicho sector y contempla la construcción de dos minas para la extracción de concentrados de hierro y cobre, además de un megapuerto para exportar su producción.
Tras conocerse la sentencia del la justicia ambiental, la empresa Andes Iron señaló: “estamos muy conformes con el categórico y unánime fallo emitido por el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, el cual anuló lo resuelto por el Comité de Ministros y restablece nuestra Resolución de Calificación Ambiental (RCA). La resolución confirma que el proyecto Dominga cumple con la normativa vigente, además de haber cumplido con todas las exigencias para su correcta evaluación ambiental”.
La polémica historia de Dominga
La historia de Dominga está marcada por polémicas e intervenciones políticas: en primera instancia, fue presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en septiembre de 2023, y fue rechazada por el Comité de Ministros en agosto de 2017, durante el segundo mandato de la expresidenta Michelle Bachelet.
La decisión provocó un quiebre al interior del gobierno, gatillando las renuncias de los entonces ministros de Hacienda, Rodrigo Valdés, y de Economía, Luis Felipe Céspedes, además del subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco.
Tras un dura pugna judicial, en abril de 2021 el Primer Tribunal Ambiental acogió de forma unánime la reclamación en favor del proyecto, luego que los jueces de la instancia jurisdiccional especializada no compartieran el razonamiento de la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva) de Coquimbo que rechazó el proyecto, así como el del Comité de Ministros, apuntando a que el revés de la iniciativa contradecía el Informe Consolidado de Evaluación (ICE).
Luego de reactivarse, los opositores a Dominga elevaron una solicitud a la Corte Suprema para evitar que el proyecto minero regresara al Comité de Ministros. Sin embargo, en mayo de 2022, la máxima instancia judicial rechazó los recursos presentados en contra de la determinación del Primer Tribunal Ambiental, apuntando a que no podía pronunciarse al no existir una resolución de la autoridad administrativa.
Entremedio, la Fiscalía abrió una investigación por la venta de su participación en este proyecto por parte de la familia Piñera a los Délano, una causa en la que posteriormente fue sobreseído el expresidente Sebastián Piñera en mayo de este año, bajo el argumento de que las actuaciones investigadas no eran constitutivas de delito.
Esto, luego de que la publicación del capítulo chileno de los denominados Pandora Papers revelara que ambas familias controlaban más del 56% de la propiedad de la iniciativa original, y que el entonces mandatario había vendido en diciembre de 2010 su participación en el proyecto a su amigo, en una operación realizada en las Islas Vírgenes Británicas.
El caso volvió otra vez a la esfera presidencial hace tres años. En diciembre de 2021, tras ganar las elecciones presidenciales, el actual jefe de Estado, Gabriel Boric, en su primer discurso, aludió al proyecto con una significativa frase: “No a Dominga”, dijo. En la misma línea, el comité de ministros del actual gobierno volvió a pronunciarse contra el proyecto en enero de 2023 y acogió las reclamaciones de los opositores del proyecto.
El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta identificó varias infracciones por parte del Comité de Ministros: en primer lugar, indicó un claro incumplimiento de la sentencia dictada en 2021 por el mismo tribunal, que había sido confirmada por la Corte Suprema, estableciendo que esta debía respetarse como cosa juzgada.
Asimismo, el tribunal destacó que la resolución impugnada presentaba “pronunciamientos contradictorios e incoherentes, dictados en infracción con el deber de motivación y el principio de protección de la confianza legítima”. También criticó al comité por haber resuelto fuera del “plazo fatal establecido en el artículo 20 de la Ley N° 19.300″, lo que constituye un vicio de legalidad que perjudicó directamente al reclamante.
El fallo concluye que los vicios en la resolución impugnada “causan un perjuicio a la reclamante, ya que a través de la dictación del acto reclamado se ha decidido dejar sin efecto la RCA N° 161/2021″, lo que calificó al proyecto Dominga como ambientalmente desfavorable, haciéndolo inviable.