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21 de Enero de 2015

Reforma educacional: Senado aprueba castigar civil y penalmente a sostenedores que cometan lucro

El Senado aprobó, con 23 votos a favor y 12 en contra, el que se sancione tanto de forma civil como penal a los sostenedores que lucren con los establecimientos que tienen a su cargo.

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El Senado aprobó, con 23 votos a favor y 12 en contra, el que se sancione tanto de forma civil como penal a los sostenedores que lucren con los establecimientos que tienen a su cargo.

Este artículo, uno de los puntos más polémicos dentro de la reforma educacional, indica que se obligará al sostenedor que lucre a reintegrar el dinero al establecimiento, el cual se deberá reajustar al IPC del periodo comprendido entre el mes anterior y aquel en el que se retiró o desvió el dinero, según indica La Segunda.

Una vez que la Superintendencia de Educación tenga conocimiento de la infracción, el sostenedor también será sancionado con el 50% de la suma retirada del colegio. Según dice el artículo, “dichos montos en ningún caso podrán ser descontados ni pagados con cargo a cualquiera de los recursos públicos u otros que perciba el sostenedor en su calidad de tal”.

Luego de esto es responsabilidad de la Superintendencia o del Servicio de Impuestos Internos el denunciar al Ministerio Público el hecho para que se siga el protocolo correspondiente.

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